Bruselas señala que en la actualidad no se ofrece a los no residentes las mismas opciones de pago de tasas que a los residentes, lo que a ojos de los servicios comunitarios colisiona con la normativa comunitaria sobre libertad de capitales, en concreto con el artículo 63 del Tratado fundacional de la UE.
El expediente sancionador arranca con el envío de una carta de emplazamiento en la que el Ejecutivo comunitario informa a las autoridades del Estado miembro de los problemas identificados y le da un plazo de dos meses para responder y ofrecer soluciones.
El proceso prevé otras dos fases posteriores si no se resuelve el asunto antes, primero con el envío de un dictamen motivado que da un nuevo plazo para el diálogo y, de no resolverse tampoco en esa etapa, elevando el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.