Para cambiar de Administrador de fincas ¿cuántos votos son necesarios en junta? Y si a la junta solo asiste una mínima parte, ¿se puede dar por válida sólo con los votos a favor del 25% del total de vecinos?
Para acordar el cese de y cambio del administrador, es necesario de acuerde en Junta Ordinario o extraordinaria en su caso, constando dicho punto en el orden de día, bastando el voto de la mayoría de los asistentes, siempre que éstos representen, a su vez, más de la mitad de las cuotas de los presentes.
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