PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Condenan a la página Sharemula a pagar 2,3 millones de euros a Promusicae y discográficas

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La sección número 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en asuntos relativos a la propiedad intelectual, ha condenado a la administradora de la página de intercambios P2P Sharemula a indemnizar a Promusicae y las principales discográficas españolas con 2,3 millones de euros por la comunicación pública, sin autorización alguna por parte de los titulares de los derechos, de cientos de miles de canciones protegidas.

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Esta sentencia, contra la que solo cabe recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, rectifica dos resoluciones anteriores, por la vía penal y en primera instancia civil, que habían sido absolutorias para la web.

Sharemula, una web de intercambio de archivos peer to peer (entre particulares), se erigió en una de las plataformas más populares en España para descargar música. No obstante, en el escrito al que ha tenido acceso Europa Press se recuerda que está cerrada desde mayo del año 2011, por lo que no cabe una acción de cesación de la citada página.

La sentencia de la sección 28 de la Audiencia Provincial deja sin validez los pronunciamientos judiciales previos e impone la mencionada sanción de más de 2,3 millones de euros a Silvia Martínez Ramírez, titular de la web 'www.sharemula.org'. Asimismo, Martínez Ramírez deberá abonar otros 31.406 euros por los 'gastos de investigación' incurridos durante el proceso.

CASI 430.000 DESCARGAS A 5,48 EUROS POR ÁLBUM

En el texto se aclara que la indemnización se ha establecido en base a un informe que "cuantifica las ganancias dejadas de obtener por las referidas empresas al no haber vendido a su precio en el mercado 'on line' los álbumes.

"Ciertamente se utilizan fuentes secundarias acreditadas e hipótesis económicas razonables que no resultan de modo alguna desvirtuadas. Así, se fija la cifra diaria, mensual y anual de usuarios en primer lugar para posteriormente calcular el número de usuarios que descargan música basándose en una hipótesis económica razonable", añade la sentencia.

De este modo, se fija el número total de descargas en el período que transcurre desde enero de 2009 a marzo de 2011 --dando como resultado 429.626 descargas--, que se multiplica por el beneficio medio que perciben las compañías por la venta 'on line' de un álbum. El precio resultante estimado en el informe asciende a 5,48 euros por álbum.

EL ASUNTO 'SVENSSON'

Además de Promusicae, como entidad que representa a la gran mayoría de los productores de música españoles, concurrían a título particular como demandantes las filiales españolas de Sony Music, Emi, Universal y Warner, además de WEA International.

La Sentencia aplica la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se inició en el año 2014 con el asunto 'Svennsson' y según la cual enlazar a contenidos protegidos supone un acto de comunicación al público que debe ser autorizado por sus titulares si se dirige a un público nuevo como es el caso, circunstancia que había sido negada en las resoluciones que habían resuelto este asunto hasta ahora.

"Es evidente que la sentencia llega con 10 años de retraso, aunque por fin se cierra un largo periodo de lucha en los tribunales demostrando que la actividad de Sharemula era ilegal. La justicia, en este caso, ha sido una cuestión de tiempo pero al final obliga igualmente a que se cumpla la ley vigente y nos sirva para cerrar absurdos debates sobre si es lícito o no lucrarse injustamente del trabajo ajeno", ha señalado Antonio Guisasola, presidente de Promusicae.

Fuente de la noticia: Europapress.