(Descarga la infografía. Desescalada: fechas y fases)
Posteriormente, ha sido prorrogado en tres ocasiones con la autorización de la Cámara Baja, por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril y 492/2020, de 24 de abril. Tras someterse a una nueva votación, la solicitud de prórroga ha quedado aprobada con 178 votos a favor, 75 votos en contra y 97 abstenciones.
Concluido el debate se han votado las propuestas de resolución que, de acuerdo con la previsión constitucional, habían presentado los Grupos Parlamentarios Mixto (Foro Asturias), de Euskal Herria Bildu, Vasco (EAJ-PNV), Ciudadanos y Plural (BNG, Compromís, Más País y Junts per Catalunya) para modificar el alcance o las condiciones vigentes durante la prórroga.
Las resoluciones del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV han quedado aprobadas con 181 votos a favor, 150 en contra y 18 abstenciones, y las modificaciones propuestas quedan, por tanto, incorporadas a las condiciones en las que se produce esta prórroga del estado de alarma.
Se trata de cuatro adiciones que entre otras cuestiones, permite la celebración de elecciones a Parlamentos de Comunidades Autónomas aunque esté vigente el estado de alarma; asegura que los municipios que constituyen enclaves reciban el tratamiento propio de la provincia que les circunda, sin que sea obstáculo que ésta pertenezca a una Comunidad Autónoma distinta; y contempla que durante el proceso de desescalada el Gobierno podrá acordar conjuntamente con cada Comunidad Autónoma la modificación, ampliación o restricción de las unidades de actuación y las limitaciones respecto a la libertad de circulación de las personas, de las medidas de contención y de las de aseguramiento de bienes, servicios, transportes y abastecimientos.
Solicitud de Prórroga
En la solicitud de autorización para la prórroga remitida al Congreso, el Gobierno argumenta que, "a la luz de los principales indicadores disponibles, se considera oportuno avanzar en la desescalada gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social y facilitar una recuperación, lo más rápida posible, de la actividad social y económica".
"La progresión de las medidas, o su eventual regresión, se determinará en función de la evolución de diversos indicadores, tanto sanitarios como epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad. Además, estas medidas podrán aplicarse en ámbitos territoriales concretos, ya sea la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en el proceso de desescalada", continúa.
En este nuevo escrito de solicitud de autorización para la prórroga, el Ejecutivo contempla la posibilidad de que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, "a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad", acuerde "la progresión de las medidas de desescalada" para un territorio concreto, de acuerdo con las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. En el marco de estas decisiones, las personas podrán desplazarse por un territorio concreto (provincia, isla o unidad territorial de referencia), sin perjuicio de las excepciones justificadas para los desplazamientos entre territorios. En todo caso, en estos "desplazamientos deberán respetarse las instrucciones de las autoridades sanitarias".