SEGURIDAD SOCIAL

El Gobierno se reunirá con los autónomos para abordar la cotización por ingresos reales

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se reunirá de nuevo este viernes con las organizaciones de autónomos y los agentes sociales para intentar llegar a un acuerdo sobre el sistema de cotizaciones por ingresos reales que quiere implantar para el periodo 2023-2025 en el colectivo de trabajadores por cuenta propia.

Trabajador autonomo cotizacion real-img

Según fuentes de la negociación consultadas por Europa Press, la reunión se celebrará a las 11.30 horas y se produce apenas unos días después de la última propuesta presentada por el Gobierno a las partes, en la que planteaba que las cuotas a ingresar por los autónomos oscilaran entre los 245 y los 565 euros al mes, dependiendo de sus rendimientos netos.

Esta última propuesta del Ejecutivo, que ampliaba los tramos de 13 a 14, mejoraba la realizada anteriormente en lo que respecta al tramo más bajo de ingresos (menos de 670 euros al mes) y a los tramos intermedios, y encarecía a su vez la cuota propuesta para los autónomos con rendimientos netos superiores a los 4.050 euros mensuales.

En concreto, el departamento que dirige José Luis Escrivá planteó en su última propuesta que aquellos trabajadores que tengan ingresos por debajo de 670 euros mensuales paguen una cuota de 245 euros, lo que supone 5 euros menos que en la propuesta anterior, mientras que la cuota sugerida para los que superen los 4.050 euros mensuales alcanza los 565 euros, 15 euros más respecto al último documento.

En cuanto a los rendimientos netos que van desde los 1.700 euros a los 2.300 euros mensuales, el Ministerio ha presentado tres tramos. En concreto, propone que los autónomos con rendimientos netos de entre 1.700 y 1.850 euros mensuales paguen una cuota de 370 euros mensuales, 30 euros menos de los que planteó en su propuesta anterior para el tramo de ingresos de 1.700 a 1.900 euros.

En la última propuesta de tramos que realizó el Gobierno, el pasado 27 de mayo, propuso para el tramo comprendido entre los 1.900 y los 2.330 euros una cuota de 440 euros, pero ahora ha dividido este tramo en dos: con unos ingresos de 1.850 a 2.030 euros se propone una cuota de 400 euros, y con ingresos de 2.030 a 2.330 euros, la cuota sería de 440 euros.

Así, con los cambios recogidos en el último documento, la propuesta del Gobierno presenta 14 tramos. En aquellos con rendimientos netos de entre más de 670 y 1.700 euros mensuales, que constituyen los seis primeros tramos, los autónomos pagarían a la Seguridad Social entre 260 y 294 euros de cuota mensual.

En los ocho tramos restantes, que van desde los 1.701 a más de 4.050 euros mensuales de rendimientos netos, los autónomos tendrían que abonar a la Seguridad Social una cuota de entre 370 y 565 euros al mes, de acuerdo con la última propuesta del Gobierno.

Borrador sobre la cotización de los autónomos

Para establecer los importes económicos que fijarán las bases de cotización y las cuotas mensuales definitivas se tendrán en cuenta los rendimientos del trabajo, los del capital mobiliario y los de las actividades económicas obtenidos por cualquiera de los métodos y modalidades que determinan el rendimiento neto de las actividades.

A dichos rendimientos, según el borrador, se les aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, salvo en dos supuestos, donde esta deducción será del 3%: en el caso de trabajadores por cuenta propia que ostenten el cargo de consejero o administrador o presten otros servicios para una sociedad de capital si poseen el control efectivo, directo o indirecto de la misma, y en el caso de socios trabajadores de sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes con los que convivan alcance, al menos, el 50%.

Con carácter general, el texto establece la obligación, en el momento de solicitar el alta en el Régimen de Autónomos, de efectuar una declaración de los rendimientos económicos que se prevén obtener por la actividad económica o profesional. En cada solicitud de cambio de base de cotización que hagan los autónomos deberán declarar dicha previsión de rendimientos económicos.

En este sentido, se ampliará de cuatro a seis el número de veces que, durante el año, los trabajadores autónomos podrán solicitar el cambio de su base de cotización. Así, los cambios de base se podrán solicitar cada dos meses y tendrán efectos desde el 1 de marzo (si la solicitud se hace entre enero y febrero); desde el 1 de mayo; desde el 1 de julio; desde el 1 de septiembre, desde el 1 de noviembre y desde el 1 de enero del año siguiente, siempre que se solicite entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

El borrador incluye varias modalidades de prestación por cese de actividad temporal o definitivo: la ordinaria y varias extraordinarias. Entre estas últimas se crea una prestación para sostener a los autónomos que se vean afectados por un RED cíclico o sectorial (los nuevos ERTE de la reforma laboral).

En ambos casos se podrá acceder a la prestación si dicho mecanismo afecta al 75% de la plantilla. En el caso del RED cíclico se exigirán caídas de ingresos del 75% durante dos trimestres consecutivos, y en el sectorial, del 50%, entre otros requisitos.