Este Real Decreto-ley adopta y prorroga medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas europeas en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
La norma se articula en 226 artículos, repartidos en cinco libros, a los que se añaden cinco disposiciones adicionales, diez transitorias, una derogatoria y nueve finales.
El primer libro transpone la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles; un conjunto de disposiciones sobre transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas intracomunitarias de sociedades mercantiles.
El libro segundo transpone la Directiva (UE) 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.
Por su parte, el libro tercero aborda medidas para la ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea en materia de tráfico, de arrendamiento de vehículos con conductor, sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea, así como el acceso y uso del Registro de Titularidades Reales.
En el cuarto libro se prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Y por último, el quinto libro recoge medidas urgentes en el ámbito financiero, socioeconómico, organizativo y procesal.
Medidas de respuesta a la guerra de Ucrania
El real decreto ley convalidado también tiene por objeto prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023 un conjunto de medidas "de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania". Entre ellas, las ayudas al transporte, la limitación de los desahucios y las exenciones y reducciones del IVA.
Así, se prorrogan las ayudas directas a transportes de viajeros para "mantener la reducción del precio", de al menos el 50%, que los usuarios pagan por los abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte colectivo urbano e interurbano que prestan las comunidades autónomas y entidades locales y, por tanto, "reducir el coste de su movilidad cotidiana". Además, el texto incluye la "ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera".
La norma también amplía hasta final de año la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas y hogares económicamente vulnerables sin alternativa ocupacional, "con la finalidad de atender a la realidad social y económica de los hogares en la actual dinámica inflacionista".
También prórroga, en el segundo semestre de 2023, "la aplicación en el Impuesto sobre el Valor Añadido del tipo impositivo del 0 por ciento que recae sobre los productos básicos de alimentación", así como la del 5 por ciento con que resultan gravados los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias, "para contribuir a la reducción del precio final de estos alimentos". "En todo caso, la aplicación de tales tipos queda sujeta a la evolución de la tasa interanual de la inflación subyacente", añade el texto.
Ayuda a la reconstrucción de La Palma
Por otra parte, el real decreto ley mantiene como medidas "de apoyo para la reparación de los daños y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma" los beneficios fiscales establecidos en el IBI y en el IAE, los expedientes de regulación temporal de empleo "vinculados a la situación de fuerza mayor", el "aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social de empresas y trabajadores autónomos afectados en su actividad por la erupción volcánica" y la suspensión "de las obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria concedidos a afectados".
Primera vivienda y derecho al olvido para pacientes oncológicos
El decreto-ley incorpora al ordenamiento jurídico español los principios reguladores de las comunidades energéticas. De este modo introduce las comunidades de energías renovables como nueva figura en el sector energético, permitiendo "una mayor implicación de los ciudadanos y autoridades locales en la transición energética, fundamental para el cumplimiento de los ambiciosos objetivos en materia de energías renovables".
Mientras que "para promover la adquisición de vehículos eléctricos por particulares", se establecen dos nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
También contempla "una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado" de la financiación para la adquisición de la primera vivienda destinada a residencia habitual y permanente por los jóvenes y familias con menores a cargo, por un importe de hasta 2.500 millones de euros "que será desarrollada posteriormente mediante un convenio del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con el Instituto de Crédito Oficial".
Por otra parte, el texto prevé que las cooperativas agroalimentarias "así como otros operadores económicos" puedan ser "potenciales beneficiarios" de la línea financiera contemplada en el Real Decreto-ley 4/2023, con el fin de coadyuvar a su sostenibilidad. Además, se incorpora un mecanismo presupuestario que permita la absorción de los fondos que, en su caso, apruebe la Comisión Europea conforme al mecanismo de reserva de crisis.
La norma aprueba las medidas para "hacer efectivo el derecho al olvido" en la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes de patologías oncológicas. Así, contempla la nulidad de las cláusulas que excluyan a personas por haber padecido cáncer; y prohíbe la discriminación en la contratación de un seguro para los que no hayan sufrido recaídas en un periodo de cinco años. Transcurrido dicho plazo no se estará obligado a declarar si se ha padecido cáncer para suscribir un seguro de vida. Con ello, se da cumplimiento a la Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2022, sobre el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer.