CONSEJO DE MINISTROS

El Consejo de Ministros regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la devolución de ingresos indebidos de naturaleza pública y privada no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal: devoluciones de multas y sanciones, reintegros de becas o ayudas, etcétera.

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Este texto desarrolla lo previsto en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, del 26 de noviembre de 2003, y se justifica por la necesidad de aclarar el marco normativo en lo relativo a la devolución de ingresos indebidos. Con esta norma se evita la aplicación supletoria de la normativa tributaria, y se regula específicamente y de forma precisa el procedimiento a aplicar a las devoluciones de los ingresos indebidos no tributarios.

En el Real Decreto se regulan dos aspectos: por un lado, qué administración tiene la competencia para acordar y ejecutar la devolución de los ingresos cuando se declaren indebidos en un procedimiento de revisión del acto del que proceden, por ejemplo, cuando una sanción es recurrida y la sentencia anula la misma o se revisa una resolución administrativa por el órgano jerárquicamente superior; por otro lado, el procedimiento para el reconocimiento y ejecución del derecho a la devolución de ingresos indebidos cuando se produce la devolución porque ha habido un error en la recaudación, por ejemplo, cuando se ha ingresado más de lo debido o se ha ingresado dos veces.