PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

El Estado argumenta ante el TC que no está obligado a dotar el factor de insularidad en los PGE

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La Abogacía del Estado ha argumentado ante el Tribunal Constitucional que no está obligado a dotar en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) el factor de insularidad, contemplado en el Régimen Especial de Baleares (REB), aprobado por Real Decreto.

Recurso Presupuesto Generales del Estado_imagen

Según la representación legal del Gobierno, ni del Real Decreto aprobado en 2019 ni de la primera norma reguladora del REB de 1998 se puede "extraer un contenido material que obligue a la Ley de Presupuestos a dotar un factor de insularidad".

Así ha respondido el Estado al recurso de inconstitucionalidad planteado por el Parlamento balear contra los PGE de 2021 por no incluir los fondos para compensar la insularidad. La Abogacía del Estado considera que la demanda del Parlamento carece de "alcance constitucional" porque "no existe en la Constitución garantía de un régimen especial balear".

Recurso del Parlamento

La Cámara acordó presentar el recurso en un pleno celebrado el pasado 2 de marzo.

El Parlamento argumentó en su recurso que la "omisión legislativa" de no incluir el factor de insularidad en los presupuestos "hace irreconocible el Régimen Especial de Baleares" aprobado por el propio Estado a través de un Real Decreto en 2019.

"Lo que no es constitucionalmente admisible es que el principal instrumento financiero del REB simplemente no exista en los presupuestos, porque esta inexistencia hace irreconocible el Régimen Especial, y la ignorancia del REB determina el incumplimiento del mandato del artículo 138.1", razona.

En el escrito, el Parlamento apela a una "discriminación estructural" por parte del Estado hacia Baleares, recordando que se encuentra a la cola de la inversión estatal no solamente en algunos ejercicios, sino de forma general.