Fundación PONS y Fundación Merck Salud han celebrado una Jornada para analizar el impacto en el ámbito farmacéutico de la nueva Ley de Patentes ‐que entrará en vigor el próximo 1 de abril en España‐ y de la reciente Directiva Europea de Secreto Industrial. La convocatoria, que ha contado con la participación de representantes de la Fundación para la Innovación y la Prospectiva en Saludo en España (FIPSE) y los expertos de PONS Intellectual Property, ha reunido a más de 70 profesionales del ámbito de la investigación farmacéutica, así como de representantes de la Industria, oficinas de transferencia de innovación (OTRI) y medios de comunicación especializados.
Entre los cambios más relevantes que desde el próximo 1 de abril trae la nueva Ley de Patentes está la implantación de un único sistema de concesión de patentes con examen previo de novedad y actividad inventiva. En la actualidad, según apuntó Patricia Ramos, directora de Patentes de PONS IP, el 92% de las solicitudes de registro en España con la Ley de Patentes en vigor se realizan por el procedimiento general de concesión, sin examen previo. Para la responsable de PONS IP, el nuevo sistema “reforzará la seguridad jurídica de las patentes concedidas y fomentará la producción de patentes más fuertes desde nuestro país”. “Inspirado en el Convenio de la Patente europea, lo que hace la nueva ley es simplificar y hacer más fácil la tramitación de las solicitudes de patentes, ordenando la dispersión normativa actual”, añadió.
Otro de los cambios más relevantes de la ley apuntados por Ramos es el compromiso explícito por parte de las Oficinas de Registro de poder tener el Informe del Estado de la Técnica (IET) antes del año, dentro del período de prioridad. También apuntó a la figura de los Modelos de Utilidad, que amplía el ámbito de protección bajo esta modalidad, como una alternativa “cada vez más atractiva” para ciertas invenciones, ya que al no requerir de examen previo “podría ser una alternativa eficaz, más rápida y económica respecto a la opción de la patente en ciertas innovaciones”.
Otra novedad relevante que incorpora la nueva ley de Patentes se refiere a la eliminación de la exención de tasas para las Universidades públicas, aunque según señaló Patricia Ramos estas tendrán una bonificación del 50%, “que será del 100% siempre que acrediten que la invención ha llegado al mercado a través delicencias de explotación, por ejemplo”.
Por su parte Carmen González Madrid, presidenta ejecutiva de la Fundación Merck Salud, aseguró que la nueva Ley de patentes “simplifica y moderniza el ordenamiento jurídico de la protección de la innovación en España y nos acerca al resto de países de la Unión Europea. Apoyar la ciencia y la innovación de España es apostar por el progreso de nuestro país. Por ello, la Fundación Merck Salud mantiene un compromiso constante con la investigación con la esperanza de que reporte el mayor beneficio a nuestra sociedad”. A continuación, Alfonso Beltrán, director general de FIPSE y subdirector general del Instituto de Salud Carlos III, destacó el “buen” nivel de España en cuanto a publicaciones científicas –en 10ª posición a nivel mundial con 77.000 documentos publicados‐, pero alertó de que España “todavía tiene una asignatura pendiente con la transferencia de tecnología”. Para Beltrán, el nuevo marco legal derivado de la nueva Ley de Patentes genera un “gran interés” especialmente en ámbito de la investigación pública, ya que a partir del 1 de abril el director general de FIPSE confía en tener procedimientos que logren “simplificar” el procedimiento administrativo de concesión para fomentar la I+D+i en nuestro país.
Para concluir la jornada, Amaya Mallea, directora de Consultoría Tecnológica de PONS IP, apuntó las novedades de la nueva Ley de Patentes en relación a las invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios. Según destacó Mallea, “por primera vez se establece en La ley de Patentes la posibilidad de proteger una invención como secreto industrial”. Además, la ley contempla que el investigador tendrá “en todo caso” derecho a participar en los beneficios que se obtenga de la explotación o de la cesión de sus derechos, cuando la patente se solicite a nombre de la entidad o se decida el secreto industrial.
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