ESPECIAL RENTA

Error al presentar la declaración de la renta

Noticia

Si se ha cometido un error al realizar la declaración de la renta y ya se ha presentado, ¿se puede paliar presentando una complementaria? En dicho caso si se hace antes de que termine el plazo de la presente campaña del IRPF, ¿tendría alguna sanción o interes moratorio? y si se hace después, ¿qué sanciones podría tener?

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En relación a esta consulta indicar que la Agencia Tributaria ha manifestado que quien cometa un error en la Renta le caerá un rayo divino del cielo, bueno esto todavía no, pero llegará, seguro que en la siguiente Campaña de Televisión, ya lo pondrán en marcha.

Lo que puede hacer este contribuyente por ahora es ver cuál es resultado del error, es decir, si el no haber introducido un determinado dato hace que sea Hacienda la perjudicada o sea el propio contribuyente.

De esta manera tenemos lo siguiente:

1.- Si la Declaración con el Dato Correcto es más beneficiosa para Hacienda, es decir que con la nueva declaración sale a pagar más o a devolver menos, esto se soluciona mediante declaración complementaria, pagando la diferencia. Si se hace dentro del periodo que dura la campaña no habrá ningún perjuicio económico adicional de ningún tipo.

Si se hace después de finalizado el día 30 de Junio lo que tendremos serán recargos según el momento en el que se haga la complementaria (y siempre que lo hagamos antes de que Hacienda nos llame):

1.1.- De 0 a 3 meses: 5% de Recargo

1.2.- De 3 a 6 meses: 10% de Recargo

1.3.- De 6 a 12 meses: 15% de Recargo

1.4.- Más de 12 meses: 20% de Recargo + Intereses del 5% anual a partir del año.

Todos estos recargos pueden llevar luego una reducción del 25% en caso de pagar en el plazo correspondiente que te indican cuando recibes la carta con la notificación del Recargo correspondiente

2.- Si la Declaración con el Dato Correcto es más beneficiosa para el Contribuyente, es decir, le sale menos a pagar o más a devolver, esto se soluciona mediante un Escrito en el que se pide a Hacienda la Rectificación de la Declaración presentada y le solicita que se le devuelva el exceso pagado de más o el exceso de mayor devolución.

3.- Hay una tercera vía que debemos comentar y es la posibilidad que tiene el contribuyentes antes de que acabe la campaña, de solicitar por escrito la ANULACIÓN  de su declaración, de esta manera la Administración ANULA completamente la declaración presentada y se puede volver a presentar otra Declaración completa y correcta dentro del periodo, este sería el caso de personas por ejemplo que han hecho Declaración Conjunta y ahora se han dado cuenta que sería mejor separada o viceversa. Pero OJO cuidado porque estamos acabando la campaña y si por ejemplo la declaración ha quedado domiciliada hay que tener cuidado de que NO te carguen las dos declaraciones.

 

 


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