El dinero estafado estaba destinado a “operaciones ruinosas” y sabían la práctica imposibilidad de que se pudiera recuperar la inversión

Estafa por captar inversores de capital para supuestos negocios de alta rentabilidad

Noticia

El TSJ de Castilla-La Mancha ha desestimado los recursos de dos condenados por estafa y confirma la sentencia que dictó la Audiencia de Cuenca que les impuso dos años de prisión para cada uno y ocho meses de multa con una cuota diaria de diez euros.

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Además, en concepto de responsabilidad civil deberán afrontar el pago de una indemnización de 76.770,24 euros más intereses y abonar las costas procesales.

La sentencia del tribunal provincial relata que, a principios de 2017 Nicolás y Victoriano junto con un tercero, Victorino (no enjuiciado), idearon un plan para engañar a los denunciantes ofreciéndoles ser intermediarios de una serie de inversiones de capital para comprar lotes de artículos de ocasión para su reventa, siendo, sin embargo, operaciones ruinosas realizadas con la intención real de apropiarse ilícitamente de la mayor parte del dinero de los perjudicados.

En dicho plan, Victoriano y Victorino se presentaron con falsa apariencia de solvencia empresarial, haciendo promesas de rentabilidad en las inversiones que proponían. Por su parte, Nicolás dispuso el soporte administrativo necesario para consolidar esa fachada de realidad encargándose de la recepción y disposición del dinero de los denunciantes. Asimismo, para aumentar la verosimilitud de la trama, los acusados propusieron la creación de una sociedad limitada, denominada Rualan Inversiones, S.L.U., que sirviera de soporte jurídico a las supuestas inversiones que se iban a realizar de forma continuada en el futuro. El dinero obtenido se destinaría a recuperar el capital invertido y el beneficio a repartir: el 75% para los inversores querellantes y el 25% para los acusados.

Victoriano y Victorino propusieron participar en varios negocios, de los cuales los perjudicados aceptaron dos. El primero era la compra de un lote de ropa de ceremonia que, según los acusados, tenía un precio muy bajo a pesar de su gran calidad, y que aseguraron que podría ser revendido rápidamente con un alto margen de beneficio. Posteriormente, adquirieron otro lote de unas 8.000 prendas denominado ‘stock multimarca’. Tanto los acusados como Victorino eran en todo momento conscientes del “mal estado y del nulo valor comercial de la ropa”, así como de la “práctica imposibilidad” de recuperar el dinero invertido y mucho menos obtener beneficios.

El tribunal razona que los indicios son “absolutamente acreditados”. “Como bien se dice en la sentencia -prosigue- los autores del delito participan, con pleno dominio del hecho, entendido como dirección de las acciones comunes y necesarias para el cumplimiento del tipo penal; pero ejecutando diversas funciones en cumplimiento del designio final, repartiéndose los papeles”.

Además, los magistrados señalan que “los hechos descritos, sin necesidad de ejecutar otros distintos, suponen ya de por sí la participación en la trama orquestada, haciendo creer a los querellantes que invertían en un negocio cuando realmente solo pagaban un alto precio, confiados de su calidad por la información que se les daba, por la compra de ropa de nulo valor previamente adquirida por los autores del delito”.

Los magistrados concluyen que los hechos descritos “suponen ya de por sí la participación en la trama orquestada, haciendo creer a los querellantes que invertían en un negocio cuando realmente solo pagaban un alto precio, confiados de su calidad por la información que se les daba, por la compra de ropa de nulo valor previamente adquirida por los autores del delito”.