El presente trabajo analiza el problema que nuestro país viene arrastrando desde hace muchos años y es de la hiperregulación normativa con los graves inconvenientes y costes que ello acarrea. Se aborda el estudio del Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, en concreto los principios de buena regulación como eje vertebral que debe inspirar el proceso de elaboración normativa. Se analiza la creación y desarrollo de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa y se esbozan algunas propuestas para ahondar en la mejora de calidad de las normas. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común (en adelante LPACA) aborda una de las preocupaciones que, afecta en general a casi todas las Administraciones de las sociedades actuales ante la abundante reglamentación, que es apostar en definitiva, por mejorar la planificación normativa ex ante y un control ex post mediante el sometimiento a evaluación. Todo ello viene además reforzado porque desde la Unión Europea se impone cada vez una revisión de la normativa en el que se recojan ciertas medidas conocidas como “better regulation”. Precisamente, uno de los puntos que trató la Comisión de Reforma de la Administración Pública en 2013 fue mejorar la calidad normativa. Si quieres continuar con la lectura del artículo, descárgate el PDF.
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