El autor aborda el surgimiento y desarrollo de los influencers virtuales generados a través de Inteligencia Artificial, una figura emergente en el sector del entretenimiento y los medios.

Influencers virtuales generados por IA: auge y regulación de un nuevo modelo de negocio

Tribuna Madrid
Influencers y regulacion_img

Abandonado durante el rodaje por la estrella de la película y sin capacidad de reacción, Victor Taransky decide que Simone, una actriz desconocida, sea su protagonista. Cuando la película se convierte en un éxito, y Simone en un fenómeno del cine en todo el mundo, sólo hay un problema: es muy tarde para confesar al estudio y los millones de fans que, en realidad, su actriz es S1m0ne, una actriz virtual generada por un ordenador.

Como ya hemos visto en artículos anteriores, la figura de los influencers está experimentando un alto crecimiento en los últimos años, atrayendo el foco de la inversión en publicidad.

Los avances tecnológicos, los nuevos escenarios facilitados por la Inteligencia Artificial y los nuevos modelos gráficos, permiten que el contenido producido por los modelos de IA sea multimodal, abarcando desde el texto hasta las fotografías, los audios o los videos. De esta forma, la aventura del director encarnado por Al Pacino que nos mostraba la película de ficción S1m0ne (2002), es ya una realidad y un nuevo modelo de negocio que combina ambas figuras: los influencers virtuales creados y entrenados por Inteligencia Artificial Generativa.

Definición y evolución de la figura

Los influencers virtuales son creadores de contenido generados mediante Inteligencia Artificial, en conjunto con distintas técnicas de modelaje en 3D, animación y simulación. Aunque nos centraremos en los influencers virtuales con apariencia humana, el concepto comprende varios supuestos, siendo muchos de ellos personajes ficticios o animaciones de algún tipo (que son, precisamente, los precursores de este nuevo modelo de negocio durante la década de los 90). Con el paso del tiempo, los desarrollos tecnológicos han facilitado la asimilación de estas figuras a formas humanas y, en algunos casos, dificultando su distinción frente a influencers de carne y hueso.

En la actualidad, encontramos numerosos ejemplos de influencers virtuales con un alto número de seguidores en las redes sociales, tales como:

  • Lil Miquela: creada en 2016, cuenta con más de 8 millones de seguidores entre todas las redes sociales.
  • Shudu Gram: creada en 2017, es considerada la primera supermodelo virtual.
  • Alba Renai: una de las primeras influencers virtuales creadas en España por la filial de Mediaset España “Be a Lion”, participa en programas de la cadena Telecinco.
  • Alex: creado recientemente por LaLiga para potenciar su engagement en las redes sociales.

Todos ellos han participado en campañas de marketing de marcas reconocidas o en actos publicitarios de primer nivel, y son capaces de generar visualizaciones en las redes sociales de forma similar a la del resto de influencers. Pero, ¿puede realmente este modelo de negocio ser un disruptor clave en el sector del entretenimiento y los medios?

Comparemos ambas figuras.

Influencer “de carne y hueso” vs Influencer “virtual”: comparativa

Según señalan varios estudios comparativos entre ambas figuras, no existe a día de hoy un consenso claro y definitivo acerca de si, por ejemplo, los influencers virtuales potenciados por la IA pueden percibirse más[1] o menos[2] auténticos que los influencers “de carne y hueso”. Tampoco existe claridad acerca de qué figura es capaz de generar mayor engagement.[3]

No obstante, existen diferencias objetivas entre ambos modelos:

  1. Producción y disponibilidad “sin límites”: la tecnología que acompaña a los influencers virtuales permite la producción indiscriminada de contenido, clave para seducir a los algoritmos de las plataformas digitales, y está disponible sin horario para la creación de contenido y la promoción de las marcas. No obstante, si bien poseen limitaciones de tiempo y energía, la calidad del contenido generado por personas reales puede transmitir una autenticidad difícil de replicar por los modelos virtuales.
  2. Control: el uso de los influencers virtuales generados por IA permite el pleno y absoluto control del contenido por las agencias de publicidad, lo que reduce a la mínima expresión los riesgos asociados al comportamiento de las personas o la falta de alineamiento con los valores de la marca.
  3. Límites y barreras de entrada: los influencers virtuales no tienen limitaciones laborales y no se ven afectados por el paso del tiempo, facilitando la generación de contenido y el crecimiento sostenido en el largo plazo. En este sentido, los avances en la Inteligencia Artificial Generativa han reducido drásticamente los costes asociados a la generación y posterior explotación de esta figura, facilitando el acceso a su creación a todo tipo de personas.

Asimismo, los influencers virtuales pueden realizar cualquier acto promocional en cualquier lugar del mundo, libre de las restricciones de movimiento con las que cuentan normalmente las personas físicas.

  1. Modelo aspiracional: no obstante, los influencers “de carne y hueso” constituyen figuras aspiracionales para sus seguidores, interactuando con ellos en su día a día más allá de la pantalla del dispositivo, lo que les confiere una capacidad de generar engagement y conectar emocionalmente con sus seguidores (y, con ello, explotar generar rendimientos económicos a su alrededor) que difícilmente pueden alcanzar los influencers virtuales.
  2. Naturalidad: los influencers tradicionales son personas reales, visibles y tangibles en la vida real, pudiendo actuar como reclamo en eventos publicitarios físicos, respondiendo con naturalidad y de forma instantánea a las cuestiones planteadas por sus seguidores, a diferencia de los influencers virtuales cuya interacción depende de una programación que les resta espontaneidad.

En última instancia, los desarrollos tecnológicos recientes de la Inteligencia Artificial Generativa sirven a las agencias publicitarias para generar contenido personalizado para cada usuario a través de la micro focalización de la publicidad. De esta manera, cada usuario puede ser objetivo de un influencer que se adhiera a sus valores o características, o de un anuncio diseñado específicamente para él, diferenciado del resto de usuarios.

Todo ello no es ajeno a los riesgos legales y regulatorios asociados a la utilización de la Inteligencia Artificial en el contenido para las redes sociales o utilizado en campañas de publicidad, así como la responsabilidad última de los creadores sobre el resultado o el funcionamiento de los sistemas de IA.

Marco regulatorio y protección normativa

La gran complejidad que rodea a esta figura requiere tener en cuenta múltiples cuestiones legales y regulatorias antes de lanzarse a explotar este modelo de negocio, pues el impacto en su desarrollo y comercialización es relevante.

Veamos algunas de ellas.

La primera es obvia: ¿quién ostenta la propiedad intelectual del contenido entregado y generado por los sistemas de Inteligencia Artificial Generativa? En la mayoría de los casos (por ejemplo, el ChatGPT de OpenAI o Grok de xAI), los proveedores de la solución ceden la propiedad del contenido a los usuarios de las herramientas, pero puede darse la situación de que el desarrollador opte por retener parte o toda la propiedad.

Derechos de autor

Uno de los puntos clave del modelo radica en conocer la protección de la que pueden gozar los contenidos generados por este tipo de influencers virtuales frente a terceros. Al tratarse de una creación artística, la vía a explorar para obtener algún tipo de reconocimiento legal sería mediante las garantías que ofrecen los derechos de autor.

En líneas generales, el contenido generado enteramente por Inteligencia Artificial no cumple con los requisitos establecidos por las normas de propiedad intelectual para gozar de la protección de los derechos de autor, esto es, no cuentan con una aportación original fruto de la actividad del ser humano (originalidad subjetiva). Por ello, un influencer virtual enteramente generado por Inteligencia Artificial Generativa no gozaría de esta protección.

De esta forma, parece más probable encontrar reconocimiento de los derechos de autor en el caso en que la utilización de la Inteligencia Artificial sea accesoria, y por ejemplo se utilice para modificar y adaptar en cada acto o publicación concreta las características secundarias de un personaje previamente “dibujado” con intervención humana. Con ello, la obra sí que estaría reflejando sus elecciones y su proceso de creatividad[4], utilizando la Inteligencia Artificial Generativa como una herramienta de trabajo, al igual que un pintor hace uso de su pincel para pintar un cuadro.

Reglamento de Inteligencia Artificial

En agosto de este mismo año, entró en vigor el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, el cual tiene por objeto fomentar el desarrollo y la implantación responsable de la inteligencia artificial en la Unión Europea. En lo que respecta a los influencers virtuales, el Reglamento impone ciertas obligaciones de transparencia sobre el uso de contenido generado a través de IA, con el objetivo de que sea posible detectar su origen artificial, obligando a etiquetar de manera clara y distinguible este tipo de contenido si se asemeja al de una persona real y puede inducir al público a error.

Esta obligación repercute en última instancia en los prestadores de plataformas en línea y en los motores de búsqueda de muy gran tamaño, por lo que cabe esperar que, como vienen implementando varias de estas plataformas, en un futuro no muy lejano todo el contenido de los influencers virtuales esté claramente identificado como tal.

Asimismo, otras limitaciones impuestas por el Reglamento de Inteligencia Artificial afectan a la explotación comercial de los influencers virtuales, tales como la prohibición del uso de técnicas subliminales que transciendan la conciencia humana o de técnicas manipuladores para alterar el comportamiento de las personas. Tampoco podrán configurarse sistemas de IA en el sentido de explotar vulnerabilidades de personas físicas derivadas de las características personales que recoge el Reglamento.

Todo ello tiene el propósito de que las personas puedan diferenciar claramente la utilización de Inteligencia Artificial para explotar el modelo de negocio de los influencers virtuales.

Conclusiones

Los influencers virtuales generados a través de IA ofrecen ciertas ventajas en cuanto a su explotación como modelo de negocio, como el abaratamiento de costes en la generación de contenido y su intensificación, la eliminación de riesgos asociados al comportamiento humano y/o la capacidad de eliminar las limitaciones inherentes a la intervención humana.

Sin embargo, este modelo de negocio también presenta desafíos legales y éticos, especialmente en lo que respecta a la propiedad intelectual del contenido generado y la transparencia en el uso de la IA. El marco regulatorio actual impone obligaciones de transparencia que buscan evitar la confusión del público sobre la naturaleza artificial de estos influencers, pero no es capaz de garantizar en todos los supuestos protección intelectual sobre el contenido explotado. La industria deberá seguir adaptándose y respondiendo a estos desafíos para asegurar un desarrollo sostenible y ético de este innovador modelo de negocio, pero no es descartable que próximos esfuerzos regulatorios sobre la IA completen (y compliquen) el escenario legal que tienen que manejar los stakeholders del sector.

Desde NewLaw en PwC asesoramos a nuestros clientes del sector de entretenimiento y medios en la explotación de los modelos de negocio que permiten las nuevas tecnologías, identificando y controlando las implicaciones y riesgos legales asociados para asegurar el éxito del proyecto.

[1] https://www.mdpi.com/2076-3387/13/8/178

[2] https://kclpure.kcl.ac.uk/ws/portalfiles/portal/167172729/Sands_et_al_2022_Unreal_influencer_EJM_Author_Accepted_Version.pdf

[3] https://www.tandfonline.com/doi/full/10.1080/00913367.2022.2154721#d1e1492

[4] https://intellectual-property-helpdesk.ec.europa.eu/news-events/news/intellectual-property-chatgpt-2023-02-20_en


ElDerecho.com no comparte necesariamente ni se responsabiliza de las opiniones expresadas por los autores o colaboradores de esta publicación