Así lo ha confirmado la propia ministra, que ha avanzado además que se impulsarán modificaciones legales para que las madres que estuvieron en un ERTE durante la pandemia no tengan que devolver la deducción por maternidad de 1.200 euros, por lo que este cambio legal se aplicará con carácter retroactivo.
La Agencia Tributaria habría empezado a enviar notificaciones a las madres trabajadoras que estuvieron en un ERTE durante la crisis del Covid para que devolvieran las ayudas por maternidad.
Dichas notificaciones partían de la revisión de las declaraciones de la renta del año pasado y pedían a las mujeres afectadas que devolvieran hasta 1.200 euros por hijo a cargo, lo percibido en desgravación por maternidad, u otro tipo de ayudas por maternidad.
"En el momento en el que hemos tenido conocimiento de que efectivamente se podía producir una interpretación que no favoreciera a las mujeres, le hemos dicho a la Agencia Tributaria que paralice cualquier actuación en ese sentido", ha explicado esta la ministra Montero.
La titular de Hacienda ha recordado que, antes de la crisis sanitaria de 2020, no había tantas mujeres que hubieran estado en ERTE, pero eso cambió con la llegada del Covid: hasta 3,5 millones de trabajadores, hombres y mujeres, llegaron a estar en ERTE en lo más duro de la pandemia.
Cambios normativos y deducción por maternidad
"Cuando se detecta una situación no deseada se dan las instrucciones para corregirla, aunque implique cambios normativos. Vamos a revisar todos los expedientes", ha señalado Montero, que ha insistido en que impulsará cambios normativos.
Según han precisado a Europa Press fuentes del Ministerio de Hacienda, una consulta tributaria del año 2013 resolvió que la suspensión de un contrato de trabajo por un ERTE no era compatible con la deducción por maternidad de 1.200 euros.
Ello es así porque, según esa consulta de 2013, para cobrar la deducción se exige que se realice una actividad por cuenta propia o ajena y se entiende que en los meses en los que el contrato de trabajo se encuentre suspendido no existe tal actividad.
Por tanto, según la doctrina de la Dirección General de Tributos desde el año 2013, la deducción por maternidad sí era compatible en los casos de ERTE en los que se mantenía una cierta actividad, como los de reducción de jornada, pero no lo era cuando el ERTE implicaba ausencia de actividad.
Fuentes del Departamento de María Jesús Montero han aclarado que no existe ninguna instrucción general de Hacienda para revisar estas ayudas, pero que, en cualquier caso, se ha dado instrucción para garantizar que ninguna delegación de la Agencia Tributaria remita ningún requerimiento en este sentido.
Los cambios legales que quiere impulsar Hacienda para garantizar a las madres en ERTE su derecho a la deducción por maternidad se aplicarán con carácter retroactivo desde 2020, por lo que aquellas que estuvieron en un ERTE durante la crisis del Covid no tendrán que devolver dicha deducción.
De cara al futuro, desde Hacienda recuerdan que esto ya no será un problema porque se acaba de aprobar un cambio legal que extiende los supuestos para acceder a la deducción por maternidad, estableciéndose la compatibilidad entre el cobro de la prestación por desempleo y la deducción por maternidad.