
Así figura en el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sometido a consulta pública y con fecha de finalización de observaciones al mismo el 25 de febrero, y en el que se adaptan los cambios de este gravamen y las subidas del mismo aprobadas en los Presupuestos de 2021.
Las nuevas cuentas públicas modificaron los límites de la reducción por las aportaciones, de forma que el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) sube de 8.000 a 10.000 euros, mientras que el límite de aportaciones máximas a planes individuales baja a 2.000 euros.
Respecto a los excesos de aportaciones a los sistemas de previsión social, el reglamento fija que los partícipes, mutualistas o asegurados podrán solicitar que las cantidades aportadas que no hubieran podido ser objeto de reducción en la base imponible lo sean en los cinco ejercicios siguientes.
La solicitud deberá realizarse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio en que las aportaciones realizadas no hubieran podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por exceder del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto, tal y como refleja el proyecto de reglamento, adelantado por 'Expansión'. La imputación del exceso se realizará respetando los límites establecidos en la Ley del Impuesto.
A estos efectos, cuando en el período impositivo en que se produzca dicho exceso concurran aportaciones del contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor, la determinación de la parte del exceso que corresponde a unas y otras se realizará en proporción a los importes de las respectivas aportaciones y contribuciones.
Cuando concurran aportaciones realizadas en el ejercicio con aportaciones de ejercicios anteriores que no hayan podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por exceder del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto, se entenderán reducidas, en primer lugar, las aportaciones correspondientes a años anteriores.
De igual forma, el reglamento aborda también los casos en los que se hayan realizado aportaciones por el contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor a los sistemas de previsión social en los períodos impositivos 2016 a 2020 que no hubieran sido objeto de reducción en la base imponible por insuficiencia de base imponible o por haber excedido del límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la Ley del Impuesto y se encuentren pendientes de reducción a 1 de enero de 2021, Reglamento.
En concreto, se entenderá que las cantidades pendientes de reducción corresponden a contribuciones imputadas por el promotor, con el límite de las contribuciones imputadas en dichos períodos impositivos. El exceso sobre dicho límite se entenderá que corresponde a aportaciones del contribuyente.
Conforme a la ley del IRPF, el límite máximo para reducirse planes de pensiones es la cantidad menor entre el límite máximo de 10.000 euros en conjunto o el 30% resultante de sumar los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas obtenidas de forma individual en el ejercicio.
SUBIDA DEL IRPF A RENTAS ALTAS
El proyecto del nuevo reglamento del IRPF también recoge la nueva escala de tipos derivada del alza de este gravamen a las rentas más altas aprobado en el marco de los Presupuestos.
Así, se aumenta en dos puntos el IRPF para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, elevando el tipo marginal dos puntos al 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%.
Estos cambios afectarán a 36.194 contribuyentes (0,17%), con un impacto de 491,4 millones de euros (144 millones en 2021 y 346 millones en 2022), según cálculos de Hacienda.

Memento Fiscal 2025
- Una obra esencial que contiene el análisis de toda la información fiscal en un solo volumen.
- Incluye ejemplos y soluciones prácticas completadas por más de 24.700 citas a la legislación, jurisprudencia y doctrina administrativa más reciente.
- Primera referencia de consulta para asesores fiscales, directores financieros y para el resto de profesionales relacionados con la fiscalidad.
- La suscripción al Memento Fiscal incluye: - El servicio “Extras Mementos” con el que puedes consultar en cualquier momento si un número marginal del Memento ha sido modificado. - Un servicio de alerta vía e-mail con las novedades que se vayan produciendo cada semana.
- El Memento Fiscal lo tienes disponible también en el siguiente Pack con un precio especial para que domines todas las modificaciones que afectan al conjunto de nuestro sistema fiscal: Pack Memento Fiscal + Memento Express Novedades Tributarias

Curso Actualidad de la facturación electrónica (5ª Ed) (3 sesiones webinars)
¡Un curso esencial sobre facturación electrónica! Analizaremos la nueva versión del Borrador de Reglamento de la factura electrónica y abordaremos las últimas novedades en materia de requisitos de los softwares de facturación y VeriFactu. Asimismo estudiaremos las regulaciones y requisitos específicos relacionados con esta obligación que ha establecido la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas, y su Reglamento de desarrollo y te proporcionaremos información sobre las herramientas y tecnologías disponibles para implementar de forma eficiente y segura la facturación electrónica. ¡Prepárate para cumplir con esta nueva obligación legal!