Las negociaciones no se han cerrado y está pendiente la aplicación a bancos extranjeros con sucursal en España

El impuesto a banca, energéticas y grandes fortunas se votará en el Congreso este jueves

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La proposición de ley para introducir nuevos gravámenes a empresas energéticas y banca, en la que PSOE y Podemos han añadido vía enmienda el impuesto a las grandes fortunas, encara esta semana su recta final en el Congreso con el debate y votación en el Pleno del próximo jueves.

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Así, una vez concluida la sesión plenaria de los Presupuestos Generales del Estado, dará comienzo un nuevo Pleno para, entre otros asuntos, debatir esa ley y enviarla al Senado.

A lo largo de la última semana la iniciativa original de PSOE y Unidas Podemos ha sido objeto de varias modificaciones.

En lo referido al gravamen energético y financiero, en la comisión se acordó que, en el impuesto del 1,2% a la facturación de las empresas energéticas se excluirán del importe neto de la cifra de negocio de las compañías los ingresos derivados de las actividades reguladas.

De este modo, quedó modificado el texto original para que el impuesto no afecte a aquellos ingresos donde el suministro sea a precio regulado, como es el caso del PVPC de electricidad, la tarifa de último recurso (TUR) de gas, el GLP envasado y el GLP por canalización.

Además, se incluye en la exoneración los ingresos regulados de las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural y, en el caso de generación con retribución regulada y retribución adicional en los territorios no peninsulares, todos lo ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico, respectivamente.

El impuesto solo afectará a la actividad en España

Al mismo tiempo, se incluyó otra enmienda transaccional para que el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas del sector desarrollen en España.

Pero no se trata de la única modificación que sufrió el texto durante la comisión, ya que del mismo modo se aprobó una enmienda del PNV para que se excluya de la facturación los ingresos correspondientes al impuesto sobre hidrocarburos, el impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y los gravámenes complementarios a carburantes y combustibles petrolíferos de Ceuta y Melilla, que se hayan pagado o soportado vía repercusión.

Impuesto a grandes fortunas

En el texto final, que se votará en Pleno esta semana, sí está ya incorporada a la ley la enmienda por la que se crea el impuesto a las grandes fortunas, que gravará a aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.

Este gravamen será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.

Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la ley del impuesto del patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros