El objetivo es poner a disposición de la ciudadanía hasta 43.000 viviendas en edificios energéticamente eficientes, que deberán destinarse al alquiler social o a precios asequibles durante, al menos, 50 años.
Así, MITMA distribuirá, a través del ICO, los fondos europeos del Plan de Recuperación en forma de préstamos a largo plazo para la construcción de vivienda, sobre suelo público o privado, y para la rehabilitación de edificios, tanto de titularidad pública como privada, que vayan a destinarse a vivienda habitual en alquiler social o asequible.
Los fondos van dirigidos a promotores públicos o privados y financiarán desde la adquisición de suelo público o privado y la construcción de vivienda nueva, hasta la adquisición de edificios públicos o privados para rehabilitar y/o las actuaciones de rehabilitación.
El desembolso de todos los fondos a los beneficiarios se completará antes del 31 de agosto de 2026. Las obras se podrán ejecutar en un plazo de entre cuatro y ocho años desde la formalización del préstamo, en función del tipo de actuación y sus condicionantes, con opción a prórroga:
- Cuatro años más una posible prórroga de dos años, como norma general.
- Ocho años más cuatro años de prórroga si, por ejemplo, los terrenos a adquirir están en proceso de ordenación urbanística.
El ICO ejercerá el papel de intermediario financiero y canalizará los fondos europeos hacia los promotores directamente o a través de entidades financieras. MITMA e ICO firmarán un convenio en el que se fije el tipo y condiciones de los préstamos y se asegure el cumplimiento de los requisitos de la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la definición de los detalles (potenciales beneficiarios, control y auditoría de los préstamos, entre otros).
La línea de créditos se enmarca en el Componente 2 del Plan de Recuperación que incluye 1.000 millones de euros en ayudas para construir viviendas sobre suelo público antes de que finalice 2026, y se articula sobre el principio de cooperación territorial con las comunidades autónomas y respetando sus competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.