Entrevistamos al presidente de la Federación Nacional de Organizaciones de Autónomos (ATA) la organización más representativa de autónomos en España integrada por unas 300 organizaciones e integrada en CEOE desde enero de 2019.
El Gobierno otorga una moratoria a empresas y a los trabajadores por cuenta propia de hasta seis meses sin intereses para afrontar sus pagos a la Seguridad Social bajo las condiciones que establezca el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta moratoria incluye las cotizaciones de abril a junio en el Régimen General. De mayo a junio la moratoria de las cotizaciones será para las actividades no suspendidas. La moratoria del pago de las cuotas por los días trabajados incluye el mes de marzo. ¿Cuál es su opinión sobre la moratoria aprobada por el Gobierno este 31 de marzo? En su criterio, ¿resuelve la situación laboral de los autónomos afectados por el decreto de esta de alarma y la paralización de actividades?
Con toda la cautela posible ya que a día 1 de abril estamos pendientes de que se publique la orden ministerial con los requisitos para acceder a dicha moratoria, desde ATA consideramos que el Real Decreto tiene una buena música en el ámbito social, sin embargo en el ámbito económico lo consideramos insuficiente, y con medidas que llegan tarde y no van a solucionar los problemas que en estos momentos muchos autónomos y muchas pequeñas empresas tienen en el ámbito económico.
Los autónomos con trabajadores a su cargo podrán cobrar una prestación por acogimiento a ERTEs y se le exonerará del pago de cuotas a la Seguridad Social ¿El ERTE es una fórmula laboral favorable a los autónomos?
Los autónomos con trabajadores a su cargo o sin ellos pueden solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad. Por otro lado, si inician un ERTE por causa de fuerza mayor y tiene menos de 50 trabajadores no tendrán que pagar los seguros sociales de sus empleados, si tiene más de 50 tendrá que abonar el 25% de esos seguros sociales, lo que es un alivio ya que ahora mismo hay ingresos 0, y si se inicia un ERTE por causas económicas el empleador tendrá que seguir pagando los seguros sociales de sus trabajadores pero no lo salarios. El ERTE es una fórmula favorable ya que permite al autónomo suspender temporalmente el contrato de sus trabajadores para poder salvar la empresa y los puestos de trabajo.
¿Qué riesgos implica para un autónomo el acogerse a un ERTE?
En cuanto a qué riesgos implica para un autónomo el acogerse a un ERTE, más que riesgos yo diría preocupación. El autónomo que inicia un ERTE sabe que sus trabajadores van a cobrar menos que si siguieran cobrando la nómina normal, y es duro para un pequeño empresario trasladarle esa decisión a sus empleados con los que tiene una relación muy cercana.
Como hemos dicho siempre, para el autónomo su empleado no es un número, es un compañero de trabajo, del que conoce su situación personal y tiene un vínculo muy estrecho.
El Gobierno además ha informado que los aplazamientos para deudas con la Seguridad Social cuyo plazo de pago esté comprendido entre abril y junio, podrán solicitarlos las empresas y autónomos incluidos en cualquier régimen siempre que no tengan otro aplazamiento en vigor. El periodo de solicitud de estos aplazamientos se extiende hasta el 30 de junio de 2020. ¿están conformes con esta medida o por el contrario, consideran que era necesario incorporar en el aplazamiento el mes de marzo? Si esto es así, ¿Cuál es el motivo por el que se debía incorporar las deudas del mes de marzo?
El mes de marzo está cobrado ya a todos los autónomos, es difícil incorporar el aplazamiento del mes de marzo el aplazamiento de los autónomos. Si es verdad que las cotizaciones sociales de los trabajadores aún no se han pasado, se pasan al final de abril. Lo que está claro es que habrá autónomos que tengan derecho al cese de actividad y que no hayan pagado la cuota. El Gobierno no le cobrará los intereses de demora y le va a devolver del día 14 al 18. Lo que se ofrece es un aplazamiento entre el día 1 y el día 13 para aquellos autónomos que tengan derecho al cese de actividad y que hayan devuelto la cuota, porque el resto de autónomos ya la ha pagado.
En las medidas laborales ya anunciadas se contemplaba una prestación extraordinaria por cese de actividad para aquellos trabajadores por cuenta propia con significativas pérdidas económicas. ¿Esta medida puede paliar la situación de un autónomo cuya actividad haya cesado por causa del actual estado de alarma?
Lo primero que hay que decir es que con la prestación por cese de actividad no nos regalan nada. Es un derecho por el que cotizan todos los autónomos desde enero de 2019. Es de valorar de forma positiva que se flexibilice su acceso, pero es claramente insuficiente. Además, para tener acceso a la misma el autónomo tiene que cumplir una serie de requisitos, que dejarán a muchos autónomos, nuevamente, tirados en la cuneta. Solo un 25% de los autónomos van a poder acogerse al cese de actividad. En España hay 1.600.000 autónomos que tienen trabajadores, y eso quiere decir que para acceder a la prestación por cese de actividad tienen que echar a los trabajadores o hacer un ERTE, y eso no está en el ADN de los autónomos.
Los autónomos con trabajadores, es decir, la mitad de los que existen en España, no podrán acceder a la prestación por cese de actividad y por tanto a la exoneración de la cuota salvo que realicen un ERTE. ¿Alguien puede imaginar que hagamos 1,6 millones de ERTES?
Es más, resulta más barato para la Administración suspender la cuota dos meses, que le costaría 600 euros por autónomo, que pagar dos meses el cese de actividad más la exoneración de cuotas, que costaría 200 euros, o sea, 1.400 euros más. Le puedo asegurar que la mayoría se acogería a la suspensión de cuotas. La mayoría de los autónomos, por la base mínima, lo que van a cobrar son unos 700 euros al mes sin pagar cuota.
Como representante de ATA, ¿nos puede confirmar si han solicitado el cese de actividad de los autónomos durante el estado de alarma? ¿este cese de actividad no puede resultar un perjuicio para pequeños comercios que pueden continuar con su negocio durante el estado de alarma?
En el mes de abril en torno a 360.000 – 400.000 autónomos han solicitado a su mutua la prestación por cese de actividad. Y se prevé que se llegue en total a unas 800.000 o 900.000 solicitudes, que hay que puntualizar que no son aprobaciones, sino solicitudes de cese de actividad.
Solicitar el cese no supone a priori ningún perjuicio, de hecho, desde ATA aconsejamos a todos los autónomos que lo necesiten a solicitar dicha prestación, ya que les podría suponer un pequeño alivio.
El Consejo de Ministros extraordinario aprobaba el 30 de marzo un nuevo real decreto que regula el permiso retribuido de los trabajadores de servicios y sectores no esenciales que deberán disfrutar del mismo de forma obligatoria desde mañana lunes y hasta el día 9 de abril ¿este permiso retribuido en qué afecta a los trabajadores autónomos?
El real decreto tiene un ámbito subjetivo de aplicación. Si se aplica a “todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”, los autónomos quedan fuera del mismo, y por lo tanto, siguiendo todas las medidas de seguridad necesarias, en principio pueden seguir ejerciendo su actividad.
Para los autónomos no es viable el permiso retribuido recuperable, fundamentalmente porque no van a poder recuperar las horas. Afecta a los autónomos que tienen trabajadores, pues sus trabajadores no pueden trabajar.
Desde ATA han solicitado la bonificación del 100% de la cuota de autónomos contagiados por coronavirus desde el primer día de baja ¿cuál ha sido la respuesta del Gobierno?
Pues es que no ha habido respuesta. Lo único que ha habido es que la prestación económica durante el periodo de baja, bien por contagio o aislamiento, se asimila a la de accidente de trabajo (75% de la base de cotización del mes anterior). Pero de bonificar cuotas nada.
También han solicitado la bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social en el caso de autónomos que se vean obligados a abandonar su actividad por cuidado de hijos o dependientes dado el cierre de centros escolares ¿han recibido respuesta a esta solicitud? ¿Qué supone la postura del Gobierno a este tema?
Le digo lo mismo que en la pregunta anterior. Es una petición que demandamos desde ATA pero que no ha tenido respuesta. Los autónomos tienen que seguir pagando su cuota a la Seguridad Social, a no ser que soliciten la prestación por cese de actividad o las recientes aprobadas moratorias, moratorias que no implican la suspensión sino el aplazamiento de dichas cuotas.