En Andalucía, por ejemplo, se puede deducir el 15% del importe de la cuota fija correspondiente a la cotización anual de la persona empleada satisfecha a la Seguridad Social por el empleador en el sistema especial del régimen general de empleados del hogar con un límite de 250 euros anuales.
En Aragón y Asturias son deducibles los gastos de libros de texto y de material escolar (con límites por tramos en las bases imponibles), además de los gastos de guardería, que ascienden al 15% para hijos menores de 3 años,
En Baleares los gastos en libros de textos son deducibles al 100%, con límites por tramos. Las familias también pueden deducirse los gastos de clases extraescolares de idiomas extranjeros: un 15% con un límite de 100 euros por hijo. También se contemplan deducciones en los gastos por salida de la isla de residencia para estudios superiores, por una cuantía de 1.500 €. Asimismo, los gastos de guardería pueden deducirse hasta un 40% con un límite de 600 €.
En el otro archipiélago, el canario, existen también deducciones de IRPF para lo invertido en educación superior fuera de la isla de residencia (hasta 1.600 €) así como las deducciones en los gastos de guardería (15% hasta 400 € anuales). Además, también se deducen los gastos de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo, 100 € por el primer descendiente y 50 € por los adicionales.
La comunidad de Cantabria permite deducir el 15% de los gastos de guardería hasta los 300 euros anuales, y el 30% hasta los 600 € si se trata de familias con residencia en zonas con riesgo de despoblamiento.
En Castilla- La Mancha es posible deducir los gastos de material escolar y libros de texto además de los gastos para la enseñanza de idiomas, un 15%, con el límite máximo de 100€ en función de ingresos y tipo de declaración.
Los contribuyentes de Castilla y León pueden deducirse los gastos destinados al cuidado de menores de 4 años, bien sea en guarderías (100% de la matrícula con límite de 1.320 €) o a una persona empleada en el hogar (30% de lo abonado, con límite de 322 €). Las cuotas a la Seguridad Social de las personas empleadas en el hogar tienen también un porcentaje deducible: el 15%, con el límite máximo de 300 €.
En Cataluña las deducciones se aplican a los préstamos concedidos para la financiación de estudios de máster y de doctorado y se devuelve el 100% de los intereses de esos préstamos.
Los contribuyentes extremeños pueden deducirse 15€ en material escolar por cada hijo y el 10% de lo invertido en su cuidado, hasta los 14 años, con el límite de 400€.
En Galicia este porcentaje asciende hasta el 30% con un límite que oscila entre los 400 y los 600 euros y en La Rioja mismo porcentaje, pero con un límite de 600€ por menor.
En cuanto a la Comunidad de Madrid, hay deducciones por gastos educativos (15% de los gastos de escolaridad, 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y 5% por la adquisición de uniformes). Además, las familias madrileñas también puede deducirse los gastos de guardería para menores de 3 años. Estas deducciones están sometidas a determinados límites.
En Murcia los gastos de guardería son deducibles en un 20% hasta los 1.000 euros y los libros de texto hasta los 120 euros. Con el nombre de “deducción por conciliación”, en esta comunidad las familias tienen derecho a deducirse un porcentaje del sueldo de la persona contratada para cuidar a los niños: un 20% de las cuotas a la Seguridad Social hasta los 400€ anuales.
Por último, la Comunidad Valenciana aplica un 15% de deducción por guardería y educación infantil hasta los 270 euros. Para el material escolar, se observa la posibilidad de deducirse 100 € por cada hijo.