Esta norma, con vigencia desde 16 de septiembre, establece una serie de medidas tanto fiscales como de minoración de la retribución, así como la modificación del criterio de utilización racional de los recursos hídricos.
Hay que destacar las siguientes medidas:
- Se introduce un nuevo artículo en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, creando un suministro mínimo vital y se configura como un instrumento de protección social frente a la situación de pobreza energética.
- Se complementa con la modificación del RD 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica
- Se prorroga un trimestre adicional la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica.
- Se amplía el importe correspondiente a los derechos de emisión de gases de efecto invernadero que se destinarán a la financiación de los costes del sistema eléctrico.
- Se fomenta la contratación de energía a plazo por medio de instrumentos de mercado de los que puedan verse beneficiados todos los consumidores.
- Se articula de un mecanismo de minoración del exceso de retribución que determinadas instalaciones están percibiendo como consecuencia del funcionamiento marginalista del mercado.
- Se regula la minoración de la retribución de las centrales inframarginales y no emisoras, por un importe proporcional al valor de la cotización del precio del gas natural en el mercado ibérico de gas
- Se introduce la concreción de los criterios de utilización racional de los recursos hídricos del texto refundido de la Ley de Aguas, como garantía para atender a la realidad de la explotación bajo los condicionantes actuales
- Se introduce, como medida temporal y excepcional de protección social, una limitación por dos trimestres al incremento del coste de la materia prima incluido en la tarifa de último recurso de gas natural.
- Se modifica el Real Decreto-ley 5/2021, de ayudas a autónomos y empresas, ampliando el ámbito temporal cubierto por las ayudas y aclarando algunos extremos, Así, se amplía en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre, el plazo de cobertura de las ayudas.