Reformas fiscales y nuevas figuras tributarias para 2025

Modificaciones del Concierto Económico con el País Vasco

Noticia

La Ley 3/2025 modifica el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco para adaptar el régimen tributario a las nuevas figuras fiscales y directivas europeas.

Pais Vasco

La Ley 3/2025, de 29 de abril, establece una nueva reforma en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, adaptando el sistema tributario a las modificaciones realizadas en el ámbito estatal y europeo.

A través de esta ley, se incorpora la normativa necesaria para cumplir con las directivas de la UE, como la Directiva 2022/2523 sobre la imposición mínima global para grandes multinacionales y grupos nacionales, y se introducen nuevas figuras tributarias, como el Impuesto Complementario y el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos.

El Concierto Económico, aprobado originalmente por la Ley 12/2002, regula la relación fiscal entre el Estado y el País Vasco, permitiendo que las instituciones forales gestionen su propio sistema tributario. A lo largo de los años, esta normativa ha sido adaptada a los cambios del sistema fiscal español, y la reforma de 2025 sigue este proceso con el fin de garantizar la coherencia y actualización de las figuras fiscales y la distribución de competencias.

Modificación de figuras tributarias en el Concierto Económico

La reforma incorpora nuevas figuras fiscales dentro del Concierto, adaptando el sistema tributario foral a las reformas estatales y a las directivas europeas. Entre los principales cambios:

  • Impuesto Complementario: Esta nueva figura tributaria afecta a los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud, cuya normativa será autónoma, pero dependiendo de la ubicación y volumen de operaciones, los contribuyentes deberán tributar a ambas Administraciones, común y foral.
  • Impuesto sobre Líquidos para Cigarrillos Electrónicos: Se introduce un impuesto especial que se regirá por las mismas normas que los tributos estatales, aunque se aplicarán ajustes en la exacción dependiendo de la localización de los productos.

Adaptación a la Directiva Europea 2022/2523

El Concierto Económico también se adapta a la Directiva 2022/2523, que establece un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud. Esta reforma crea un Impuesto Complementario que garantiza que estos grupos tributen a un nivel mínimo en el País Vasco y el resto de España, en función de su volumen de operaciones.

Cambios en el régimen de inspección y exacción

Con la reforma también se modifican aspectos clave de la inspección fiscal. Ahora se establece un sistema más coordinado entre las Administraciones forales y del Estado para la inspección de impuestos como el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Los puntos de conexión se actualizan para asegurar que la exacción de impuestos se realice de manera proporcional al volumen de operaciones realizado en cada territorio.

Otros cambios en la normativa

Se introducen modificaciones en una serie de impuestos ya existentes, adaptando el régimen foral a las nuevas realidades fiscales. Estos incluyen:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se actualizan las cifras umbral de volumen de operaciones para delimitar la competencia de exacción entre las Administraciones común y forales.
  • Impuesto sobre Actividades de Juego: Se introducen ajustes en la exacción del impuesto, especialmente para operadores con residencia fiscal en el País Vasco.

Entrada en vigor y transitoriedad

La Ley 3/2025 entra en vigor el 30 de abril de 2025, aunque algunas modificaciones específicas, como las referentes a los umbrales de volumen de operaciones, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026. También se introducen disposiciones transitorias para ajustar la aplicación de ciertos impuestos a la nueva normativa.