Prevalece el interés público sobre el derecho al olvido

No se puede eliminar de Internet el nombre del secretario del juzgado que procesó al poeta Miguel Hernández

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Una sentencia de un Juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante confirma la resolución del rector y desestima la demanda por “derecho al olvido” presentada por el hijo del aludido. El fallo establece que debe prevalecer la “libertad científica” del investigador que lo mencionaba en un artículo publicado en el repositorio digital de la institución académica. .

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante ha declarado ajustada a derecho la negativa de la Universidad de Alicante (UA) a eliminar de sus buscadores de búsqueda en Internet el nombre del secretario del juzgado que instruyó el procedimiento sumarísimo contra el poeta oriolano Miguel Hernández.

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación, desestima la demanda por el llamado “derecho al olvido” que había presentado el hijo del aludido contra la resolución dictada el 29 de julio de 2019 por el rector de la institución académica.

El recurrente solicitaba que el repositorio digital de la UA no redirigiera a los internautas al artículo titulado ‘El Caso Diego San José y el Juez Humorista’ -escrito por un profesor universitario y que analiza el papel del Juzgado Especial de Prensa entre los años 1939 y 1943- al introducir los datos personales de su progenitor.

El magistrado entiende que debe prevalecer “la libertad científica del investigador en un trabajo de investigación histórica, frente a la protección de los datos personales, cuando la información que contiene tiene relevancia o interés público”.

“Conocer el nombre de las personas que ejercieron autoridad y funciones públicas, como es el caso del juez y el secretario judicial, además de estar íntimamente relacionado con la finalidad misma del trabajo de investigación, resulta de interés público”, concluye el juez.