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Pérez-Llorca analiza el incremento del precio de las materias primas y su impacto en los contratos

Noticia

Pérez-Llorca ha organizado un webinar con el objetivo de analizar las posibles vías de reclamación ante el reciente incremento en el precio de diversas materias primas empleadas en los contratos de construcción, tanto desde el punto de vista de la contratación pública como de derecho privado. El coloquio virtual ha contado con la participación de Beatriz García, Elena Veleiro y Natalia Olmos, socias del área de Derecho Público y Litigación de Pérez-Llorca.

Material de construccion

La sesión fue inaugurada por Elena Veleiro, quien comenzó analizando aquellos mecanismos post-contractuales que asisten al contratista, centrando su debate en la teoría del riesgo imprevisible. Bajo este contexto, Veleiro realizó un recorrido jurisprudencial sobre los pronunciamientos más destacados en la materia, de los que concluyó que no se trata de una cuestión pacífica. No obstante, sostuvo que la articulación de una reclamación basada en el riesgo imprevisible se erige como una medida válida y eficaz para hacer frente a situaciones como la discutida.

Finalmente, la socia de Pérez-Llorca explicó que, ante una eventual reclamación, deberán tenerse en cuenta las siguientes premisas: no hay un criterio unánime o pacífico sentado por los tribunales; se precisa realizar un análisis caso por caso; es necesaria una valoración conjunta del contrato para concluir si se ha producido un desequilibrio; y, resulta imprescindible acreditar que el aumento del precio de las materias primas supone, efectivamente, una quiebra del equilibrio económico del contrato.

Mecanismos de actuación durante la ejecución de los contratos públicos
A continuación, Natalia Olmos se encargó de analizar aquellas alternativas de las que disponen los contratistas y que pueden poner en práctica durante la ejecución del contrato.

En primer lugar, la socia de Pérez-Llorca abordó la posibilidad de solicitar la articulación de una modificación del contrato. Para ello, expuso diversos dictámenes del Consejo de Estado, los cuales se contraponen con la posición de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, que mantiene una postura más flexible, en la que sí podría caber una modificación, siempre y cuando se cumplan con los requisitos previstos en la normativa.

Por último, aludió a otra alternativa consistente en la solicitud de suspensión del contrato y, a la posibilidad de resolución del contrato, incidiendo en la complejidad de esta alternativa y en la necesidad de analizar la cuestión caso por caso.