En concreto, el plan salió adelante en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos el pasado 1 de julio con el acuerdo de los sindicatos y el pasado jueves ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Dicho Plan contempla medidas relativas a la igualdad en el desarrollo profesional (acceso al empleo público), conciliación de la vida laboral y familiar, las condiciones retributivas o las situaciones de especial protección, como son la violencia de género, acoso laboral, acoso sexual o acoso por razón de sexo, entre otras.
El Plan de Igualdad será de aplicación en los colectivos que se recogen en los Anexos: personal funcionario y laboral sujeto al Acuerdo y Convenio de Comunidad de Madrid, personal docente, personal del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), personal de Madrid Digital y personal de la Administración de Justicia.
Plan de Igualdad de Madrid: líneas estratégicas
Este Plan de Igualdad para el personal que presta servicios en la Comunidad de Madrid nace, acorde a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 27 de marzo, como un conjunto ordenado de medidas a adoptar conforme a los resultados obtenidos en el previo estudio de diagnóstico, a fin de alcanzar la plena igualdad de trato y de oportunidades entre las mujeres y hombres integrantes de la misma y eliminar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo.
La evaluación y seguimiento de este Plan de Igualdad se ha estructurado en tres ejes: Evaluación del resultado, Evaluación del proceso y Evaluación del impacto. Para garantizar su cumplimiento se ha creado una Comisión Técnica de Seguimiento.
El Plan se articula en torno a ocho líneas estratégicas de actuación, con sus correspondientes medidas: Igualdad para el acceso al empleo público; Igualdad en el desarrollo de la carrera profesional; Tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar; Formación, lenguaje, información, comunicación y sensibilización en igualdad; Situaciones de especial protección (violencia de género, acoso laboral, acoso sexual o acoso por razón de sexo); Seguridad y salud en el trabajo desde la perspectiva de género; Condiciones retributivas; y Seguimiento y desarrollo del plan de igualdad.