Aprobada la nueva Ley de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica

Protección a colectivos vulnerables en las relaciones de consumo

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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves todas las enmiendas incorporadas por el Senado al Proyecto de Ley de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. En consecuencia, finaliza así su tramitación parlamentaria y el texto queda listo para su entrada en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Nueva Ley de consumidores vulnerables

El texto, procedente del Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, tiene por objeto reforzar la protección a colectivos vulnerables en las relaciones de consumo, como menores, personas de avanzada edad, con bajo nivel de digitalización, con discapacidad funcional, intelectual, cognitiva o sensorial y, en general, a aquellas personas que tienen dificultades por falta de accesibilidad a la información.

Las enmiendas del Senado que se han aprobado versan sobre dos cuestiones principales: la primera relativa a garantizar la accesibilidad de la información y la segunda a incluir los sesgos de género y discapacidad en la protección de los consumidores.

Además, se han introducido tres disposiciones adicionales nuevas relativas al etiquetado accesible y los servicios financieros y bancarios, respectivamente, y se ha modificado una disposición final.

En concreto, la disposición adicional primera indica que se desarrollará un etiquetado en alfabeto braille, así como en otros formatos que garanticen su accesibilidad de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia, especialmente para las personas ciegas y con discapacidad visual.

Por otra parte, las disposiciones adicionales segunda y tercera se centran en la atención bancaria de los consumidores. De esta forma, se establece que el Gobierno promoverá en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, las modificaciones legislativas necesarias para garantizar la atención personalizada en los servicios de pagos a los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad que lo demanden, sin discirmincación motivada por brecha digital.

Asimismo, el texto señala que el Gobierno promoverá con el Banco de España y representantes del sector de entidades de créditos un Plan de Medidas para favorecer la inclusión entre las que se incluyen que el cierre de oficinas bancarias no lleve emparejado el cierre de cajeros, el incremento de personal de apoyo para ayudar a las personas con menores capacidades digitales y promover la reserva de cajeros para personas vulnerables, entre otros asuntos.

Reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores

Esta ley aprobada hoy modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, para dar una nueva definición del concepto de consumidor y consumidor vulnerable.

De esta manera, establece a los consumidores vulnerables como "aquellas personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran, aunque sea territorial, sectorial o temporalmente, en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad".

El texto también cambia los derechos de los consumidores vulnerables que "gozarán de una especial atención, que será recogida reglamentariamente y por la normativa sectorial" y a los que además "los poderes públicos promocionarán políticas y actuaciones tendentes a garantizar sus derechos en condiciones de igualdad, con arreglo a la concreta situación de vulnerabilidad en la que se encuentren, tratando de evitar, en cualquier caso, trámites que puedan dificultar el ejercicio de los mismos".