Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia

Publicada la LO sobre regulación de la eutanasia

Noticia

Con entrada en vigor el 25 de junio de 2021, se ha publicado la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, recogiendo un procedimiento muy garantista de la ayuda a morir.

Ley de eutanasia

Define la Ley la eutanasia como la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.

En el capítulo II establece los requisitos para que las personas puedan solicitar la prestación de ayuda para morir y las condiciones para su ejercicio.

Así, toda persona mayor de edad y en plena capacidad de obrar y decidir tendrá derecho a solicitar y recibir dicha ayuda, siempre que se encuentre en los supuestos de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables. Se recoge también la posibilidad de solicitar esta ayuda mediante el documento de instrucciones previas o equivalente, legalmente reconocido.

El capítulo III va dirigido a regular el procedimiento que se debe seguir para la realización de la prestación de ayuda para morir y las garantías que han de observarse en la aplicación de dicha prestación.

El capítulo IV establece los elementos que permiten garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la prestación de ayuda para morir, incluyéndola en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

También garantiza su prestación en centros privados o, incluso, en el domicilio, sin perjuicio de la posibilidad de objeción de conciencia del personal sanitario.

El capítulo V regula las Comisiones de Garantía y Evaluación que deberán crearse en todas las Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Estas Comisiones han de verificar de forma previa y controlar a posteriori el respeto a la Ley y los procedimientos que establece.

Por último, se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con el objeto de despenalizar todas aquellas conductas eutanásicas en los supuestos y condiciones establecidos en la Ley.

Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (EDL 2021/8223)