El Tribunal declara nulo de pleno derecho el Decreto porque en su elaboración se emitió un informe preceptivo del Consejo Regional de Medio Ambiente de Castilla y León, adoptado cuando la composición del mismo había sido declarada ilegal por esta misma Sala por vulnerar un pilar fundamental en materia medioambiental como es el derecho de participación en los procedimientos para la toma de decisiones sobre asuntos que incidan directa o indirectamente en el medio ambiente y cuya elaboración o aprobación corresponda a las Administraciones Públicas; y, además, porque se ha vulnerado el principio de transparencia en la medida en que no se ha puesto a disposición de los miembros del órgano asesor, antes de la reunión en que deben exponer las razones por las que informan en uno u otro sentido la norma que se les remite, los datos e informes científicos que sirven de base al proyecto de decreto, que es muy técnico como dicen los representantes de las asociaciones civiles y la federación de caza, habiendo reconocido el Director General del Medio Natural en la reunión del Consejo Regional que es práctica habitual su no incorporación al expediente administrativo.
La sentencia del TSJ de Castilla y León (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sentencia nº 192) cuenta con un voto particular concurrente y un voto particular discrepante.