![Tribunal Supremo](https://elderecho.com/wp-content/uploads/2019/10/Tribunal-Supremo-p438293-m1356123-768x334_w100.jpg)
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de la autorización de las actividades del CNI que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución –entrada en domicilio y secreto de las comunicaciones- se nombrará por un periodo de cinco años, a propuesta del presidente del CGPJ, entre magistrados de la Sala Segunda o de la Sala Tercera de ese órgano judicial que cuenten con al menos tres años de servicios en la categoría.
Pablo Lucas es miembro de la Sala Tercera del Tribunal Supremo desde noviembre de 2001 y presidente en funciones de la misma desde el 31 de diciembre de 2022. El magistrado fue nombrado por primera vez para estas funciones relacionadas con la autorización de actividades del CNI el 19 de noviembre de 2009 y renovado el 20 de noviembre de 2014 y el 19 de diciembre de 2019.
El órgano de gobierno de los jueces también ha acordado nombrar al magistrado de la Sala Segunda -y presidente en funciones de esta desde el pasado 5 de diciembre- Andrés Martínez Arrieta como sustituto del anterior en caso de vacancia, ausencia o imposibilidad. Martínez Arrieta ya fue designado para este cometido el 20 de diciembre de 2017, como consecuencia del cese del inicialmente elegido, Julián Sánchez Melgar, al ser nombrado fiscal general del Estado.
En la propuesta elevada al pleno, la presidenta del TS y del CGPJ señala que la trayectoria profesional de Lucas y de Martínez Arrieta, “con amplia experiencia en el ejercicio de la jurisdicción, su cualificación, su sólida formación jurídica, la solvencia y profesionalidad con que han ejercido hasta ahora el cargo, les acreditan como profesionales idóneos para el ejercicio de tan importante función jurisdiccional”.
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