NOVEDAD LEGISLATIVA

Sistema de Formación Profesional para el Empleo

Noticia

Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral

noticias_noveidad_legislativa

Trascendencia y finalidad

Esta reforma es fruto de un amplio proceso de diálogo y participación con los agentes sociales, y responde al compromiso alcanzado con ellos el 29 de julio de 2014.

Tiene como objetivos estratégicos favorecer la creación de empleo estable y de calidad, contribuir a la competitividad empresarial, garantizar el derecho a la formación laboral y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores.

Ámbito material

Este real decreto-ley plantea la reforma del sistema de formación profesional para el empleo en torno a los ejes vertebradores que se describen a continuación:

1.- Aplicable a todas las Administraciones públicas.

2.- Los agentes sociales liderarán el diseño estratégico de la formación.

3.- Desarrollo un sistema eficiente de observación y prospección del mercado de trabajo.

4.- Planificación estratégica plurianual que recogerá, además, las tendencias de la economía que exigen la adaptación o actualización de los trabajadores.

5.- Implantación de la cuenta-formación que acompañará al trabajador a lo largo de su carrera profesional.

6.- Tele-formación, que permitirá dotar al sistema de mayor eficacia y flexibilidad.

7.- Formación en el seno de la empresa, que será clave.

8.- Gestión de la formación de oferta en régimen de concurrencia competitiva y sólo entre las entidades que impartan la formación conforme a los requisitos establecidos de registro y/o de acreditación.

9.- Evaluación permanente de la calidad y del impacto real de la formación.

10.- Principio de tolerancia cero contra el fraude: creación de una Unidad Especial dentro de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

11.- Nuevo régimen sancionador que incluye la imposibilidad para los beneficiarios de volver a trabajar para la Administración pública en el ámbito de la formación durante cinco años, cuando hayan incumplido la legalidad.

12.- Desarrollo de un sistema integrado de información que garantice la trazabilidad de las acciones formativas.

Vigencia

La presente disposición ha entrado en vigor el 24 de marzo de 2015.