CORONAVIRUS

El TS se reorganiza y sus Salas seguirán deliberando a distancia

Noticia

Equipos en Contencioso y Penal darán prioridad a recursos contra el decreto de Alarma o recursos sobre presos.

Tribunal Supremo

La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha acordado este martes ratificar las medidas de "flexibilidad" que se habían venido implementando en los últimos días en las distintas Salas que integran este órgano de cara a la suspensión de plazos procesales y otras medidas del Real Decreto de Alarma por la pandemia de coronavirus.

Así, se seguirán dictando resoluciones y recibiendo escritos, si bien los magistrados deliberarán las causas de forma no presencial, utilizando las herramientas telemáticas de que disponen de forma interna.

Así lo han señalado a Europa Press fuentes jurídicas, que señalan que, dado el proceso técnico que requieren las resoluciones del alto tribunal, se producirán irremisiblemente dilaciones en casi todas las Salas.

Para salvaguardar lo que pueda ser más urgente en las próximas semanas, el Supremo ha prevenido a sus salas de lo Contencioso-Administrativo y de Penal de modo que se han establecido equipos con letrados y personal suficiente para hacer frente a disposiciones que pueden ser de especial interés.

Posibles suspensiones del Decreto de Alarma

En la Sala Tercera (de lo Contencioso) éstos asuntos urgente podrían tener que ver con medidas cautelares de suspensión que estén relacionadas con recursos que lleguen contra determinadas disposiciones del Real Decreto de Alarma.

El alto tribunal es el competente para analizar acciones que puedan presentarse contra las disposiciones del Gobierno de Pedro Sánchez, que también podrán llegar al Tribunal Constitucional al afectar a derechos fundamentales, según fuentes de este órgano.

En la Segunda (de lo Penal) se tratará de estar preparados de cara a recursos con preso que deban resolverse en un plazo determinado o afectar también a derechos especialmente salvaguardados por el ordenamiento jurídico.

El Supremo es un tribunal esencialmente de casación y fijación de doctrina, por lo que no se suelen celebrar juicios -salvo los muy contados de personas aforadas- ni declaraciones de imputados o testigos.

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