
La jueza explica en la sentencia que no consta que el recurrente “hubiese incumplido mandato u orden alguna de los agentes de la Policía Local” que lo interceptaron cuando se dirigía hacia Friol a dejar un remolque. La magistrada, por tanto, ha condenado a la Subdelegación del Gobierno en Lugo a devolverle los 300,5 euros que había abonado en el periodo voluntario de pago de la sanción, que ascendía a 601 euros.
“El ilícito administrativo de desobediencia requiere una negativa o resistencia del ciudadano a cumplir una concreta, clara y precisa orden o mandato de los agentes de la autoridad o de la autoridad en el ejercicio de sus funciones”, destaca la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo. En este caso, según resalta la jueza, “no ha existido una orden dictada por los agentes de la autoridad que impusiera al recurrente una conducta activa, como podría ser que regresara a su domicilio en el momento en que fue interceptado”.

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