Ley básica reguladora de la autonomía del paciente

Un juzgado de Oviedo ratifica el ingreso hospitalario forzoso de un anciano de 94 años positivo en Covid

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El mismo auto no autoriza que se le medique sin su consentimiento, pues el hombre conserva su capacidad cognitiva y le ampara la Ley de Autonomía del Paciente.

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La jueza sustituta que en este momento presta sus servicios en el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo ha dictado un Auto por el que ratifica el ingreso hospitalario involuntario de un anciano de 94 años, positivo en la Covid, que había sido ingresado de forma forzosa por los responsables sanitarios y para quien el Hospital Universitario Central de Asturias (Huca) había solicitado ratificación de dicho ingreso, asi como la posibilidad de tratarle médicamente sin su consentimiento.

La jueza considera que la importancia actual de la pandemia y la posibilidad de contagio avalan dicho ingreso en aislamiento contra su voluntad. Pero en el mismo Auto y, atendiendo a que no consta en ningún informe médico aportado ninguna merma importante en la capacidad cognitiva del anciano, no autoriza el tratamiento intravenoso forzoso solicitado también, pues al paciente le ampara el consentimiento libre y voluntario recogido en la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente, y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y el art. 52 de la Ley de Salud del Principado de Asturias.