De las familias que se han acogido al Código, 33.765 han obtenido una reestructuración de su deuda y 6.674, la dación en pago. En el primer semestre de 2016, las familias beneficiadas por el CBP ascienden a 9.507, un 30,2% más que en el semestre anterior, según la información remitida ayer al Congreso por la Comisión de Control del CBP. Esta información está contenida en el VIII informe sobre el cumplimiento del CBP que obedece al mandato del Real Decreto Ley 6/2012 de medidas urgentes para la protección de deudores hipotecarios, según el Ministerio de Economía.
El CBP, junto con el Fondo Social de Viviendas (FSV) y la suspensión de los lanzamientos hipotecarios tienen como objetivo hacer frente al problema de los desahucios. En total, 70.096 familias se han beneficiado de estas medidas destinadas a colectivos en riesgo de exclusión: 40.446 al CBP, el FSV ha permitido la celebración de 6.800 contratos de alquiler a precios reducidos y se han suspendido hasta septiembre 22.850 lanzamientos a través de la moratoria hipotecaria.
Según la información sobre el CBP remitida al Congreso, en los seis primeros meses de 2016 se han registrado 4.000 solicitudes más respecto al semestre anterior, hasta un total de 17.306. El tipo medio de los préstamos de las familias solicitantes fue del 2,85% y la vida media del préstamo de algo más de 22 años. La cuarta parte de las solicitudes recibidas tenían una deuda inferior a los 50.000 euros. De las 16.276 solicitudes cuya tramitación concluyó en el primer semestre de 2016, 9.507 fueron aceptadas y 5.437 se denegaron por no cumplir los requisitos.
El CBP se firmó en marzo de 2012 con la práctica totalidad de las entidades con actividad hipotecaria en España, hasta 94 en la actualidad. El Gobierno impulsó este Código de adhesión voluntaria pero de cumplimiento obligatorio durante dos años para las entidades firmantes. El objetivo es dar solución a las familias con dificultades para hacer frente al pago de sus deudas hipotecarias, bien por encontrarse en situación de desempleo o ausencia de ingresos. Se establecieron tres opciones, renegociación de plazos y cuotas con las entidades o reestructuración de la deuda, quitas y dación en pago, con periodos de carencia, amortización hasta 40 años, reducción del tipo de interés aplicable a Euríbor+0,25 puntos e incluso la posibilidad de permanecer en la vivienda mediante el pago de un alquiler reducido.
Los deudores hipotecarios incluidos en el ámbito de protección del Real Decreto-ley son los titulares de préstamos o créditos con garantía hipotecaria, que se encuentran con dificultades sobrevenidas para hacer frente a los pagos de sus préstamos, por cuanto los miembros de su unidad familiar no tienen rentas derivadas del trabajo o actividades económicas y las cuotas a pagar superan el 50% o 40% de sus ingresos. El Real Decreto-ley prevé que puedan solicitar una reestructuración de su deuda, una reducción de la misma de modo que disminuya el importe de sus cuotas o, en último término, entregar la vivienda quedando cancelada la deuda.