El Pleno del Congreso tiene previsto convalidar este jueves la prórroga a la moratoria que impide los desahucios en los casos de personas más vulnerables, que extiende la prohibición para ejecutar lanzamientos hipotecarios en estos casos hasta 2020 y aumenta los supuestos para su aplicación.
Como adelantábamos en un artículo anterior, se amplían los supuestos de vulnerabilidad, por lo que podrán acogerse a esta moratoria las familias o grupos de población que se encuentren en alguna de estas situaciones:
- hijos menores de edad (no solamente con menores de tres años como hasta ahora);
- monoparentales con hijos a cargo (eliminando el mínimo de dos hijos que regía hasta ahora);
- en situación de desempleo (sin haber agotado la prestación);
- discapacidad, dependencia, enfermedad grave o;
- violencia de género.
Asimismo, la norma incluye un plan de medidas dirigidas a que las personas beneficiadas por la moratoria puedan recuperar su vivienda, ya que establece un plan de alquiler social cuyas cuotas serán deducibles en el futuro precio de recompra. Asimismo, se tendrá en cuenta las mejoras realizadas durante el período en el que estuvo suspendido el lanzamiento.
Para aquellas personas que hayan sido desahuciadas y que se encuentren "en el umbral de exclusión", el acuerdo contempla que puedan solicitar y obtener el alquiler de la misma por una renta anual máxima del 3% de su valor.
El alquiler social tendrá una duración anual, prorrogable a voluntad del arrendatario, hasta completar cinco años, y con la posibilidad de ampliarse de forma anual otros cinco años más, por mutuo acuerdo entre las dos partes.
Aunque la convalidación saldrá adelante gracias al apoyo de PSOE y Ciudadanos, el grupo parlamentario Unidos Podemos-En Comú-En Marea, se abstendrá en la votación por considerar esta moratoria insuficiente. Asimismo, lamentan que no se tramite como proyecto de ley para incluir «mejoras que permitan garantizar el derecho internacional y que impide el desalojo sin alternativa habitacional», como explicaba la portavoz, Irene Montero.
Para más información, consulta el Memento Procesal Civil 2017.