La Sala Civil-Penal del TSJCyL ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a un hombre a dos años y cuatro meses de prisión por un delito contra la salud pública. Se trata de la primera sentencia que resuelve el recurso de apelación penal introducido por la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2015.
El recurso llamado de “apelación” por la Ley 41/2015, que generaliza la segunda instancia penal, se corresponde con el modelo de apelación restringida en el que el órgano superior se limita a examinar y a resolver sobre el objeto sometido a examen, revisando los elementos de hecho y probatorios del juez de primera instancia.
Diferentes regímenes de impugnación
La reforma de la Ley viene a su vez a establecer diferentes regímenes de impugnación, en función del motivo esgrimido, la pretensión ejercitada (de anulación o de sustitución de la condena o absolución por un pronunciamiento contrario al de primera instancia) y el sentido absolutorio o condenatorio de la sentencia impugnada.
En el presente caso, el recurrente interesa la revocación de una sentencia condenatoria por infracción de ley y por vulneración del principio de presunción de inocencia.