La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por un hombre contra la sentencia de la AP de Valencia que le condenó a dos años de prisión por cobrar durante diez años la pensión de su madre ya fallecida.
Además, la sentencia confirma la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad bancaria al no cumplir con la obligación de controlar la pervivencia de la titular de la pensión.
La Audiencia Provincial de Valencia condenó al acusado por un delito de estafa en catidad de notoria importancia a nueve meses de multa con una cuota diaria de diez euros, y a que indemnice al Instituto Nacional de la Seguridad Social.