Tenerife sufrió un apagón eléctrico sin precedentes que afectó a más de 900.000 usuarios (toda la isla de Tenerife). El corte de suministro eléctrico ha causado perjuicios a los consumidores, que tienen derecho a ser compensados por la compañía eléctrica y pueden reclamar por los daños sufridos.
Cualquier interrupción no programada y superior a los tres minutos se considera imprevista. En los casos más extremos, cuando los usuarios se queden sin suministro durante un largo periodo de tiempo, la ley fija unas fórmulas para calcular un descuento en la factura, en función del número de horas en las que los usuarios se hayan quedado sin luz o del número de interrupciones sufridas a lo largo de un año.
Según establece la norma, en caso de corte de suministro eléctrico, los afectados podrán reclamar por los daños y perjuicios que les haya ocasionado el corte, siempre que ese no haya sido causado por obras previamente comunicadas por la compañía o por causas de fuerza mayor.
Además, se han podido producir daños: desde daños en aparatos eléctricos, a alimentos estropeados o cualquier otro perjuicio. Se debe justificar con las correspondientes facturas.
Tienen derecho los afectados a reclamar por los daños y perjuicios que les haya ocasionado el corte en el suministro eléctrico, pues no hay causas que puedan servir de justificación al apagón.
Para reclamar:
- Debe presentar una reclamación por escrito directamente al departamento de atención al cliente de la empresa responsable del suministro.
- Si no se recibe respuesta por parte de la empresa en un plazo de un mes, o si la respuesta no es satisfactoria, debe dirigirse a la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias, que tiene que pronunciarse en el plazo de seis meses tras la admisión a trámite de la solicitud del usuario.
- Además, los afectados pueden poner una reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio.
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