
El pasajero, que realizó un vuelo de Tel Aviv a Madrid en diciembre de 2020 aprovechando las fiestas navideñas, se encontró con la sorpresa de que a su llegada al aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas su maleta no aparecía, por lo que se dirigió a la oficina de equipajes de Air Europa y procedió a rellenar el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR).
reclamador.es explica que es importante conocer que si llegado el momento de recoger el equipaje, el viajero comprueba que éste está defectuoso, dañado o se ha extraviado, se debe acudir al mostrador de la compañía con la que se contrata el vuelo y hacer una reclamación a través del PIR. Es un formulario en el que se rellenan los datos personales y se deja constancia de la queja, y siempre hay que hacerlo antes de salir de la zona de equipajes.
Sin ropa y sin regalos navideños
Así, el pasajero tuvo que comprar ropa y varios productos imprescindibles, además de regalos para celebrar la Navidad, pues los mismos se encontraban dentro de su equipaje desaparecido. Pese a las numerosas llamadas que hizo a la compañía, según explicó posteriormente el viajero a los abogados de reclamador.es, no tuvo solución alguna.
Al cabo de 7 días, el 28 de diciembre de 2020, le fue entregada la maleta.
Vía judicial
reclamador.es intentó llegar a un acuerdo con la aerolínea, pero no obtuvo respuesta y, finalmente, inició la vía judicial. Air Europa contestó a la demanda alegando que a este pasajero no se le tendría que abonar dinero, pues no se aprecia ni daño material ni daño moral.
Una vez realizadas esas alegaciones, el juez ha dictado sentencia, donde se condena a Air Europa a abonar al pasajero el total solicitado, es decir, 787,86€, pues se valora una cuantía de 60€ de indemnización por día perdido de la maleta, además del importe que tuvo que desembolsar el pasajero para realizar las compras extras de ropa y regalos.
Según Jorge Ramos, abogado de reclamador.es, “es una sentencia muy relevante, ya que además del daño material que se produce a un pasajero por no recuperar su equipaje en determinados días, pues tiene que adquirir artículos de primera necesidad, el Juez muy acertadamente, aprecia la existencia del daño moral, que cuantifica en 60€ por cada día de pérdida de maleta, porque independientemente del valor de las cosas, siempre hay una angustia, impotencia y ansiedad por no tener tu equipaje al llegar a un destino en avión, y ha de compensarse ese sufrimiento”.
Juzgado de lo Mercantil nº2 de Palma de Mallorca. Sentencia número 352/2021.

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