ADMINISTRATIVO

Alcance del control jurisdiccional

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

I. Planteamiento

Cuando la administración deniega la petición de un particular por entender que no concurre uno de los requisitos exigibles, pero no entra a analizar si concurren el resto de las exigencias legales, puede ocurrir que en la revisión jurisdiccional de ese acto el Tribunal considere que no concurre el impedimento apreciado por la administración, en cuyo caso se plantea la siguiente duda:

¿Está obligado el Juez o Tribunal a analizar la concurrencia del resto de los requisitos para acceder a su petición? ¿Debe devolver las actuaciones a la Administración para que ésta resuelva sobre la concurrencia de los restantes elementos reglados? O, por el contrario, el Tribunal debe acceder a lo solicitado, dado que el impedimento apreciado no concurre, sin poder entrar a examinar la concurrencia de los restantes requisitos que no fueron analizados por la Administración.

Por ej: un extranjero solicita la nacionalidad por residencia y la Administración le deniega por entender que no concurre el requisito del tiempo de residencia continuada e inmediatamente anterior a la petición, pero sin objetar nada respecto a la concurrencia del resto de los requisitos previstos para acceder a dicha solicitud (por ej: su integración y buena conducta) el afectado recurre en sede contencioso-administrativa solicitando su anulación, por entender que sí cumple con el tiempo de residencia legalmente establecido, y que se le conceda la nacionalidad solicitada. El Tribunal estima el recurso al considerar que cumple con el requisito del tiempo de residencia. El representante del Estado solicita que caso de estimarse el recurso por tal motivo se retrotraigan las actuaciones para que la Administración resuelva sobre la concurrencia de los requisitos legales o que el Tribunal los analice en sede contencioso-administrativa denegando la nacionalidad por la falta del resto de los requisitos legales, aunque la resolución administrativa no pusiera objeción alguna respecto de tales requisitos.

 

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", el 15 de diciembre de 2015.

Puntos de vista

Dimitry Berberoff Ayuda

La solución al planteamiento esbozado pasa, en mi opinión, por tener en con...

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Jesús Cudero Blas

La cuestión que se nos plantea incide de lleno en uno de los aspectos nuclea...

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Fátima de la Cruz Mera

Según el

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Resultado


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