El texto aprobado también prevé la modificación de multas por cada trabajador sujeto de la infracción

Aprobado el Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral en 37,5 horas semanales

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión que permitirá la reducción de la máxima ordinaria de trabajo a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Jornada laboral de 37,5 horas semanales_img

La reducción de la jornada laboral ha sido abordada en el marco del Diálogo Social y traslada el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales mayoritarias CCOO y UGT, que fue firmado el 20 de diciembre de 2024.

Registro de jornada

La reducción de la jornada requiere de medidas complementarias como la regulación del registro de jornada que deberá contar con los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad para lo que exigirá:

- Utilización de medios digitales.
- Cumplimentación de forma personal y directa con garantías de autenticidad y trazabilidad.
- Utilización de formatos comprensibles.
- Establecimiento de obligaciones documentales y de accesibilidad inmediata e interoperabilidad.
- Registro de jornada idéntico en los contratos a tiempo parcial.

Para garantizar estos requisitos, los trabajadores deberán registrar personalmente sus horas de trabajo al comenzar y terminar cada jornada, también deberán anotar cualquier interrupción que afecte a su horario de trabajo. La información del registro debe estar en un formato que sea entendible y compatible con los formatos más comunes, tanto para la empresa como para los trabajadores y las autoridades.

Además, los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder al registro de horas trabajadas en cualquier momento, ya sea de forma presencial en el lugar de trabajo o de forma remota; y estos registros se guardarán y estarán disponibles durante cuatro años

Derecho a la desconexión

Se trata de un derecho irrenunciable para evitar que pueda exigirse el desarrollo de la prestación fuera de los horarios pactados, respetando el derecho al descanso y a la propia intimidad de las personas trabajadoras frente al uso de los dispositivos de videovigilancia y geolocalización.

Rechazar o no atender la comunicación o la petición de prestación laboral por medios digitales fuera de la jornada laboral, no podrá generar consecuencias negativas, represalias o trato menos favorable para la persona trabajadora.

Nuevo régimen sancionador

En el caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de registro de jornada, se considerará la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados.

Los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que generen riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras se calificarán como infracción muy grave.

Las multas tendrán como importe:

  • En su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros.
  • En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros.
  • En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

Evaluación de la reducción de jornada

El Gobierno abrirá una Mesa de diálogo Social para evaluar el impacto de la reducción de jornada de trabajo y poder seguir así avanzando en la materia de jornada.

Convenios colectivos

Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de lo previsto en la norma, en particular, lo establecido respecto a la duración máxima de la jornada ordinaria.


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