El condenado trabajaba en los servicios de Respuesta, Conducciones y Custodias de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana y desarrollaba sus funciones principalmente en el traslado y la custodia de detenidos.
Según recoge la sentencia, entre los años 2018 y 2019 el agente realizó 77 consultas de diversa índole a las bases de datos policiales de acceso restringido, a petición de su amigo. De este modo, accedió a fichas policiales, atestados o denuncias, donde figuraban datos personales de los testigos o los denunciantes.
En una de las ocasiones, el 15 de agosto de 2018, el agente penado estaba de vacaciones y, tras recibir una solicitud de información de su amigo, contactó con un compañero de trabajo que sí estaba en activo, le proporcionó las claves de acceso y le pidió que consultara un atestado policial.
Una vez obtuvo la información, se la pasó su amigo a través de tres pantallazos, donde constaban datos de los testigos del caso y de la información que le habían dado a la Policía.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.