El objetivo principal es disponer la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal que desarrollan su labor en favor de diversos colectivos especialmente afectados por el COVID-19 como son, entre otros, las personas mayores, la infancia y la adolescencia, las personas con discapacidad, las víctimas de violencia de género y de trata, las personas migrantes, las personas drogodependientes, así como otros colectivos en riesgo de exclusión social.
La cuantía de estas ayudas asciende a un total de 26.404.089,44 euros procedentes del 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los contribuyentes cuyo período impositivo hubiese finalizado a partir de la entrada en vigor de dicha ley y que hubieran manifestado expresamente su voluntad en tal sentido. Estos fondos están destinados a abordar los gastos de actuación y funcionamiento de las 297 entidades beneficiarias con el fin de que puedan seguir contribuyendo a atenuar el impacto económico y social que la situación de pandemia ha tenido en el conjunto de la sociedad y, especialmente, en los sectores más vulnerables de la población.
Esta norma modifica el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación para que el fomento y la modernización del Tercer Sector de Acción Social pueda considerarse como uno de los ejes de las actividades de interés general consideradas de interés social.