PENAL

El delito de Revelación de Secretos de Empresa en el mundo corporativo

Tribuna
La revelacion de secretos en la empresa_img

Los delitos económicos constituyen una amenaza persistente en el ámbito empresarial, poniendo de manifiesto la fragilidad de la información confidencial que las grandes empresas manejan a diario. Entre estos delitos, la revelación de secretos de empresa emerge como una problemática que ha cobrado relevancia en el escenario jurídico, especialmente cuando se trata de empresas de gran envergadura.

La sociedad actual se encuentra inmersa en una era digital en la que la información es un activo valioso. Las grandes corporaciones resguardan datos estratégicos que les confieren ventajas competitivas en el mercado, pero esto se ve amenazado cada vez con más frecuencia.

El Código Penal recoge distintas modalidades de delito de revelación de secretos de empresa o espionaje industrial que se ve agravado en función de un resultado material basado en la difusión, revelación o cesión de los secretos descubiertos a terceros.

El elemento nuclear de este delito es el concepto de secreto de empresa, para lo que tendremos que ir a una concepción funcional- práctica, debiendo considerar secretos de empresa los propios de la actividad empresarial el secreto de empresa es la información confidencial referida a datos o conocimientos que tienen un valor significativo y que una empresa mantiene en secreto para proteger su ventaja competitiva.

En el ámbito jurídico, el delito de revelación de secretos de empresa se enfrenta a diversos retos. La dificultad para rastrear la fuente de la filtración y la complejidad de las tecnologías utilizadas para perpetrar estos actos ilícitos hacen que la investigación y enjuiciamiento sean complejos.

Esta es la razón de que además de al Código Penal, las empresas recurran a otras formas de protección legal para proteger esa información. Esto puede incluir acuerdos de confidencialidad (también conocidos como NDA) en contratos laborales o mercantiles y medidas tecnológicas para prevenir el acceso no autorizado.

Otro caso relevante enfrentó a General Electric y Siemens. La primera acusó a Siemens de usar secretos comerciales robados para hacerse con contratos por mil millones de dólares. El supuesto robo de información se produjo en mayo de 2019 cuando ambas empresas competían por suministrar turbinas a Dominion, una empresa energética. Un empleado de Dominion envió a Siemens la oferta confidencial presentada por General Electric con lo que el grupo alemán pudo hacerse fácilmente con los contratos y batir a la multinacional americana.

El Tribunal Supremo ha desempeñado un papel crucial en la configuración de la jurisprudencia en torno al delito de revelación de secretos de empresa definiendo este concepto y ha señalado claramente cuándo no nos encontramos ante secretos de empresa, concretando por ejemplo cuando se trata de datos de proveedores, clientes y precios a los que pueden acceder terceras personas lícitamente, cuando la citada información era conocida y fácilmente accesible a terceros.

En el caso de este delito la persona jurídica puede ser penalmente responsable siempre que se den las circunstancias del artículo 31 bis del Código Penal, de ahí la importancia de adoptar las medidas necesarias no solo para no ser víctima del delito, sino para que en el seno de la corporación no se cometa el delito en nombre de la empresa y en beneficio de esta.

La creciente incidencia de casos de revelación de secretos de empresa nos lleva a plantearnos la pregunta sobre la eficacia de las medidas de seguridad implementadas por las grandes corporaciones. Además de las repercusiones legales, la pérdida de confianza por parte de los clientes y socios comerciales puede ser devastadora.

Es imperativo que las empresas adopten un enfoque proactivo en la protección de sus secretos empresariales. Esto implica la implementación de políticas internas sólidas, la formación continua del personal en materia de seguridad y la inversión en tecnologías avanzadas que detecten y prevengan la filtración de información.

En este sentido, contar con un plan de prevención de riegos penales completo, adecuado, actualizado y en permanente estado de evolución debería servir para ambas cosas, proteger los secretos de empresa y salvaguardar a la persona jurídica de que se cometa en su nombre un delito de revelación de secretos de empresa, así lo expresó el la Audiencia Nacional Sala de lo Penal Sección 3ª en su Auto de fecha 30 de enero de 2023.

Las empresas no solo deben confiar en la respuesta legal posterior a la revelación de secretos, sino también en la prevención activa y la concienciación de su personal, para contener dos posibles problemas: una fuga indeseada de datos secretos o la comisión delictiva dentro de la empresa.

En última instancia, la protección de los secretos empresariales no solo es un imperativo legal, sino también una necesidad estratégica para preservar la innovación y la competitividad en el mundo corporativo.


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