En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 4 considera que los investigados, bajo la dirección de Santiago Fuentes Jover, podrían haber cometido los delitos de estafa agravada, organización criminal y delito continuado de falsificación en documento mercantil.
La resolución explica que los investigados, mediante la utilización instrumental de la mercantil ARBISTAR 2.0 SL, de la que Fuentes Jover es administrador único y cuyo objeto social es “el desarrollo y promoción en aplicaciones de criptomonedas semiautomatizadas”, han urdido presuntamente una trama defraudatoria en el mercado de las criptodivisas.
Esta trama, continúa, prometía a los inversores rentabilidades de entre el 8% y el 15% mensual, pagándoles semanalmente, siempre los sábados, dándoles la opción de sumar estas rentabilidades a las cantidades iniciales invertidas o bien optar por el reembolso.
“Pero lo que esta trama hizo presuntamente fue utilizar una parte del dinero obtenido de los inversores para entregarlo a otros inversores anteriores en pago de los altos intereses convenidos, lo cual generaba una gran confianza en ellos acerca de que su inversión era segura y muy rentable, de suerte tal que ellos mismos se incentivaban para invertir una mayor cantidad de dinero con la esperanza de obtener un beneficio aún mayor”, relata.
“Plan amigo” para incentivar la captación de nuevos clientes
Este esquema de naturaleza piramidal no solamente se usaba para que los que habían invertido aportaran más dinero, sino para atraer a nuevas personas que invirtieran dinero al ver los beneficios casi inmediatos que percibían los anteriores inversores.
A estos efectos, según el auto, a los inversores se les ofertaba también un “plan amigo” a partir del cual si los clientes conseguían incluir nuevos clientes tendrían una compensación. De este modo la empresa, a partir de programas de marketing, consiguió innumerables inversiones creciendo así de una manera exponencial.
Finalmente, a partir del mes de agosto de 2020 varios inversores solicitaron la retirada de sus fondos sin que su solicitud fuera atendida.
Perjudicados en más de 30 provincias
Atendido lo anterior, indica el juez, “la cifra de perjudicados en la causa objeto de inhibición (1.127 ya determinados, pudiéndose alcanzar un número superior a los 32.000 a la vista del número de cuentas afectadas), su distribución por el territorio de más de 30 audiencias provinciales, así como el perjuicio patrimonial producido (41.481.766,22 euros ya cuantificados, pudiendo superar los 100 millones de euros), evidencian la competencia de la Audiencia Nacional sin ambages”.
“Sin duda alguna, tales datos nos situarían ante la mayor trama piramidal cometida hasta el día de la fecha en relación con la inversión en criptomoneda”, concluye.