La protección de una invención en diferentes mercados implica tener que decidir dónde presentar las solicitudes de patente correspondientes, en algunas ocasiones cuando todavía no está claro el recorrido comercial de la tecnología.
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), permite manejar los tiempos para tomar esa decisión.
El sistema no concede una “patente internacional”. Lo que ofrece es una vía única para iniciar la protección en múltiples Estados, acompañada de una búsqueda internacional y de información preliminar sobre la patentabilidad de la invención. Además, permite aplazar, generalmente hasta 30 o 31 meses desde la fecha de prioridad, la entrada en las fases nacionales, momento en el que empiezan a concentrarse la mayor parte de los costes, como traducciones, tasas oficiales o los honorarios de los representantes locales. No sin cierto humor, a veces se identifica de manera informal la sigla PCT con la expresión “para comprar tiempo”.
Argentina, un paso más cerca del PCT
El mapa del PCT continúa ampliándose y uno de los movimientos más relevantes se está produciendo en Argentina.
El país firmó el Tratado ya en diciembre de 1970, pero nunca llegó a convertirse en Estado contratante. Más de cinco décadas después, el proceso ha vuelto a avanzar. El 26 de agosto de 2026, la Cámara de Diputados argentina aprobó el proyecto de ley dirigido a completar la adhesión.
El procedimiento todavía no ha concluido. El texto debe regresar al Senado debido a la reserva introducida respecto del Capítulo II del PCT, relativo al examen preliminar internacional. La reserva prevé que Argentina no quede obligada por las disposiciones de dicho capítulo, una posibilidad contemplada por el propio Tratado y que ha sido utilizada, por ejemplo, por Uruguay.
Por tanto, conviene no confundir el avance parlamentario con la incorporación efectiva. Argentina todavía no es Estado contratante del PCT, pero el movimiento legislativo supone un paso significativo hacia una adhesión que lleva décadas pendiente.
De culminar el proceso, las consecuencias serían relevantes en ambas direcciones. Los solicitantes argentinos podrían utilizar el sistema PCT para iniciar de forma centralizada sus estrategias internacionales de protección, mientras que las empresas extranjeras tendrían la posibilidad de incluir Argentina dentro de sus estrategias PCT, sin necesidad de recurrir necesariamente desde el principio a una presentación nacional directa.
La futura adhesión de Argentina supondría un paso muy importante en la consolidación del sistema PCT, ya que se trata del único país del G20 que aún no forma parte del mismo.

Un sistema que sigue creciendo
La posible entrada de Argentina se enmarca en una expansión que continúa incluso después de más de medio siglo de funcionamiento del Tratado.
El 19 de agosto de 2026 Bahamas se convirtió en el 159º Estado contratante del PCT, tras haber depositado su instrumento de adhesión tres meses antes. Desde entonces, los solicitantes bahameños pueden utilizar el sistema para buscar protección internacional y las nuevas solicitudes PCT incluyen automáticamente la designación de Bahamas.
La incorporación de Bahamas se suma a otras relativamente recientes. Uruguay pasó a estar vinculado por el Tratado en enero de 2025; Mauricio, en 2023; y Cabo Verde, Iraq y Jamaica, en 2022.
Estas adhesiones son especialmente relevantes porque el valor práctico del sistema PCT aumenta a medida que se amplía su cobertura territorial. Para las empresas innovadoras, poder mantener abierta la posibilidad de proteger una invención en un mayor número de mercados mediante un único procedimiento inicial simplifica la toma de decisiones y reduce la necesidad de adoptar estrategias nacionales demasiado pronto.
Si finalmente Argentina se adhiere al sistema PCT, no será necesario presentar una solicitud nacional de patente en ese país dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de prioridad, sino que podrá realizarse hasta los 30 o 31 meses desde dicha fecha.
Después de la adhesión, probablemente los agentes argentinos tendrían que atravesar una “travesía del desierto” con pocas solicitudes nacionales que reivindicaran prioridades extranjeras; sin embargo, al estar en el sistema PCT, a los 30 o 31 meses desde la fecha de prioridad las solicitudes PCT ya podrían entrar en la fase nacional en Argentina, lo cual posiblemente supondrá un incremento de su actividad.
El PCT no llega todavía a todos los países
Pese a su amplia implantación, el sistema PCT no tiene alcance universal. Todavía existen países que forman parte del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, pero no del sistema PCT.
En Sudamérica, además de Argentina, permanecen fuera Bolivia, Guyana, Paraguay, Surinam y Venezuela. En otras regiones encontramos también jurisdicciones como Andorra, Bangladesh, Pakistán, Nepal o Etiopía.
Esta circunstancia tiene una consecuencia práctica importante para los solicitantes de patentes. Pueden utilizar el sistema PCT para los Estados contratantes, pero deben combinarlo con presentaciones nacionales directas en aquellos países que permanecen fuera, respetando en cada caso los correspondientes plazos de prioridad.
Por ello, aunque el PCT simplifica considerablemente la protección internacional, no elimina la necesidad de definir una estrategia territorial de patentes.
Ganar tiempo para decidir dónde proteger
Esa es, probablemente, una de las principales claves para entender el sistema. El PCT no convierte una solicitud de patente en un derecho global ni garantiza que una invención vaya a ser concedida en todos los países. Lo que hace es ofrecer al solicitante una fase internacional común que le proporciona tiempo, información y flexibilidad antes de tomar decisiones que pueden implicar una inversión considerable.
Durante ese periodo pueden cambiar muchas cosas: confirmar el interés de un mercado, avanzar en el desarrollo tecnológico, encontrar socios o licenciatarios, obtener financiación o conocer mejor el panorama competitivo.
La posible incorporación de Argentina recuerda una cuestión esencial: en materia de patentes, internacionalizar no significa necesariamente proteger en todas partes, sino conservar las opciones necesarias para decidir, en el momento adecuado, dónde una innovación necesita realmente protección.
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