En un plazo de cuatro meses, la Conferencia de Presidentes Autonómicos podrá proponer al Gobierno levantar el estado de alarma en función de la evolución de la pandemia

El Pleno autoriza prorrogar el estado de alarma hasta el 9 de mayo de 2021 para contener la propagación del COVID-19

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El Pleno del Congreso ha autorizado este jueves la prórroga del estado de alarma, con 194 votos a favor, 53 en contra y 99 abstenciones, solicitada por el Gobierno, durante un período de seis meses, hasta las 00h del 9 de mayo de 2021, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y ha acordado que en marzo la Conferencia de Presidentes Autonómicos podrá proponer al Gobierno levantar el estado de alarma en función de la evolución de la pandemia.

Autorizacion estado de alarma

La autorización para la prórroga del estado de alarma decretado el pasado día 25, que se ha votado en los términos de las modificaciones propuestas por los grupos parlamentarios Republicano y Vasco (EAJ-PNV) aprobadas previamente por el Pleno, ha salido adelante.

La solicitud, acordada por el Consejo de Ministros del 27 de octubre, fija que la prórroga del estado de alarma se extenderá desde las 00h del 9 de noviembre de 2020 hasta las 00h del 9 de mayo de 2021. Asimismo, establece que las condiciones de esta prórroga son las establecidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, aunque con modificaciones en los artículos 9 y 10, y de los Decretos que, en su caso, se adopten en uso de la habilitación conferida por la disposición final primera del citado Real Decreto.

Las modificaciones de los artículos 9 y 10 del Real Decreto vienen a señalar que durante la prórroga del estado de alarma, desde el 9 de noviembre al 9 de mayo, las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, las de entrada y salida en las CCAA y ciudades autónomas, de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y de permanencia de personas en lugares de culto, serán efectivas cuando la autoridad competente delegada en cada Comunidad Autónoma o ciudad autónoma así lo determine a la vista de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y en coordinación con el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Y que dichas limitaciones podrán ser moduladas, flexibilizadas o suspendidas por estas autoridades competentes delegadas con el mismo procedimiento.

Resoluciones aprobadas

Además, con las modificaciones de las condiciones planteadas por el G.P. Republicano y aprobadas por el Pleno con 189 votos a favor, 150 en contra y 7 abstenciones, se establece que transcurridos cuatro meses de la vigencia de esta prórroga, la conferencia de presidentes autonómicos podrá formular al Gobierno una propuesta de levantamiento del estado de alarma, previo acuerdo del consejo interterritorial del Sistema Nacional de Saluda la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales y económicos.

Asimismo, se fija que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, solicitará comparecer ante el Pleno del Congreso cada dos meses para dar cuenta de los datos y gestiones del Ejecutivo en relación con la aplicación del estado de alarma y que el ministro de Sanidad hará lo propio para comparecer ante la Comisión de Sanidad y Consumo, con periodicidad mensual.

Por su parte, con la propuesta de resolución del G.P. Vasco (EAJ-PNV), aprobada por 196 votos a favor, 147 en contra y una abstención, se establece que durante la vigencia del presente estado de alarma, aquellos municipios que constituyen enclaves recibirán el tratamiento propio de la provincia que les circunda, sin que ello sea obstáculo que este permanezca a una Comunidad Autónoma distinta a la de aquellos.