El fallo ha contado con el apoyo de cinco magistrados y con el voto discrepante de dos magistradas.
El fallo se ha adelantado este jueves, comunicándoselo a las partes, pero no surtirá efectos hasta que se notifique formalmente la sentencia.
El fallo expresa que: "Debemos condenar y condenamos a García Ortiz, fiscal general del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, del artículo 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de 2 años".
Dicho precepto castiga a "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados", con pena de multa de 12 a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 1 a 3 años.
Daños morales
El fallo determina también una responsabilidad civil a favor de González Amador en concepto de daños morales en la cuantía de 10.000 euros.
Los magistrados se han regido por las peticiones efectuadas durante el juicio. Por un lado, las que reclamaban una sentencia condenatoria: la acusación particular que ejerce González Amador y las seis acusaciones populares: la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Manos Limpias y la acusación popular unificada que lidera la Fundación Foro Libertad y Alternativa --que incluye a Vox y Hazte Oír--. Y por el otro, las que pedían la absolución: la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en representación de García Ortiz.
Las acusaciones presentaron un abanico de opciones de cara a una condena: delito de revelación de secretos, de violación de secretos, de prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.
