LABORAL

El Tribunal Constitucional avala la regulación de la indemnización por despido improcedente

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado con siete votos favorables la regulación de la indemnización por despido improcedente y la limitación en el cobro de salarios de tramitación en casos de readmisión que introdujo el decreto de la reforma laboral.

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El tribunal ha rechazado una inconstitucionalidad presentada por el Juzgado de lo Social 34 de Madrid contra dicho decreto de reforma laboral.

El Gobierno generalizó con este decreto la indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Esto supuso condenar a la extinción al contrato indefinido ordinario de 45 días por año trabajado de indemnización por despido improcedente.

Además, en el apartado 2 de la disposición transitoria quinta se fijaba que para los contratos formalizados antes de la entrada en vigor de la reforma, la indemnización sería de 45 días por año hasta esa fecha, y para los servicios prestados con posterioridad se aplicaría la nueva indemnización de 33 días por año.

Al respecto, el TC niega que este precepto provoque discriminación "de origen clasista", como alega el recurso, y que, por tanto, "no existen diferencias entre los trabajadores comprendidos en el supuesto regulado".

El recurso también se centraba en el artículo 18, que establece que los salarios de tramitación --aquellos que corresponderían al trabajador por cada día que esté desempleado cuando finalmente el despido se declara improcedente o nulo-- sólo se cobrarán en el caso de que el trabajador sea finalmente readmitido, con lo que éste ya no los cobra si opta por la vía del despido improcedente y el cobro de la indemnización.

En este caso, el TC rechaza que se trate de una cuestión arbitraria, pues la exposición de motivos "explica las razones por las que el legislador justifica la supresión de los salarios de tramitación" cuando se opta por la indemnización y no por la readmisión.

Desde la aprobación del real decreto ley, el TC ha rechazado hasta 16 cuestiones de inconstitucionalidad presentadas contra la norma, la mayor parte de ellas procedentes del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid.