La Dirección General de Empleo procedió el pasado viernes al depósito, registro y envío para su publicación en el BOE del acuerdo que suscribieron ANESCO, CETM, UGT, CC.OO. y CIG por virtud del cual la empresa de estiba que decida abandonar la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios –SAGEP- tendrá que subrogarse en la posición del anterior empleador respecto de los trabajadores de la misma, según ha informado el Ministerio de Empleo y de la Seguridad Social.
De una parte, el Gobierno ha iniciado la tramitación de un real decreto que recoge la propuesta de mediación del presidente del Consejo económico y Social, Marcos Peña, por la que se puso fin a la mediación tripartita entre las organizaciones sindicales, la asociación empresarial y el Gobierno.
Dicha propuesta instaba a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales a asegurar mediante acuerdo el mantenimiento del empleo de los actuales trabajadores de las SAGEP así como la mejora de la organización y productividad en el sector de la estiba, al tiempo que invitaba al Gobierno a establecer un sistema de ayudas para los trabajadores de mayor edad.
De otra parte, en pasado viernes el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha procedido al registro, depósito y envío para su publicación en el Boletín Oficial del Estado del acuerdo que se alcanzó en el día de ayer en la mesa negociadora del IV Acuerdo para la regulación de las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria.
Este acuerdo, entre otros aspectos, asegura el mantenimiento del empleo en caso de que cualquier empresa de estiba decida separarse de la SAGEP o incluso se produzca la desaparición de la misma.
En concreto se ha acordado añadir al citado acuerdo una nueva disposición adicional, en virtud de la cual:
- Las empresas que decidan separarse de la SAGEP, en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del RD-Ley 8/2017, se subrogarán el personal de la estiba portuaria que a la fecha de entrada en vigor del citado RD-Ley integrara la plantilla de la SAGEP. Ello en proporción a su participación accionarial en la correspondiente sociedad.
- Los citados trabajadores tendrán derecho, porque así se ha acordado, a su incorporación voluntaria en dichas empresas de estiba en las mismas condiciones individuales y colectivas que tienen en la actualidad.
- En el caso de que todas las empresas decidan la separación de la SAGEP y, por tanto, proceda su liquidación, los trabajadores tendrán igualmente derecho a la subrogación en las empresas de estiba. La asignación de trabajadores se realizará según porcentaje de participación en el capital de la SAGEP.
- La Comisión Paritaria Sectorial deberá informar, con carácter previo a la decisión de separación de la SAGEP, sobre los efectos y el sistema de asignación de trabajadores.