
EJERCER PRESIÓN SOBRE LA VENTANILLA DE UN COCHE PARA ABRIRLA Y ACCEDER A SU INTERIOR Y APODERARSE DE LOS EFECTOS QUE ESTÁN DENTRO, ¿CONSTITUYE UN DELITO DE ROBO O DE HURTO?
En este caso el acusado, con intención de obtener un beneficio injusto, tras violentar la ventanilla delantera derecha de un vehículo que se encontraba estacionado en la vía pública, accedió al interior, sin llegar a conseguir su propósito, al ser sorprendido por un vecino.
— Escarlata Gutiérrez ⚖️ (@escar_gm) May 11, 2025
En este caso el acusado, con intención de beneficio injusto, tras violentar la ventanilla delantera derecha de un vehículo que se encontraba estacionado en la vía pública, accedió al interior, sin llegar a conseguir su propósito, al ser sorprendido por un vecino.
El Juzgado de lo Penal condenó al acusado por un robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, entre otras, a la pena de prisión de siete meses.
Contra esta sentencia interpurso la defensa recurso de casación ante el TS, alegando la indebida aplicación del delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238.2 y 240 CP,…
— Escarlata Gutiérrez ⚖️ (@escar_gm) May 11, 2025
La defensa del acusado interpuso recurso de apelación ante la AP, quien desestimó el mismo.
Comienza el TS recordando que nuestro legislador considera que existe fuerza en las cosas, excluyéndose con ello la aplicación del delito de hurto, cuando para acceder al lugar donde las cosas se encuentran o para abandonar ese punto, el autor se sirve de FRACTURAR UNA VENTANA;…
— Escarlata Gutiérrez ⚖️ (@escar_gm) May 11, 2025
Contra esta sentencia interpurso la defensa recurso de casación ante el TS, alegando la indebida aplicación del delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238.2 y 240 CP,…
De este modo ha señalado el TS que LOS TÉRMINOS ROMPIMIENTO O FRACTURA que emplea el artículo 238.2 CP, son sinónimos y EQUIVALEN A VIOLENTAR CON ESFUERZO EL CIERRE DE UNA VENTANA O DEJAR EL MISMO FUERA DE FUNCIÓN MEDIANTE LA FUERZA EJERCITADA SOBRE ÉL.
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….entendiendo que los hechos declarados probados deberían haberse subsumido en el delito de hurto del artículo 234.2 CP. Alega que el acusado no fracturó la ventanilla, habiéndose limitado a ejercer presión sobre la misma hasta abrirla.
…y que, al hacerlo, se deterioró el mecanismo del elevalunas que permite que la ventanilla se mantenga cerrada e impide el acceso al vehículo de quienes se sitúan en el exterior.
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Comienza el TS recordando que nuestro legislador considera que existe fuerza en las cosas, excluyéndose con ello la aplicación del delito de hurto, cuando para acceder al lugar donde las cosas se encuentran o para abandonar ese punto, el autor se sirve de FRACTURAR UNA VENTANA;…
También os dejo el enlace al libro #JurisprudenciaTuitaTuit que he publicado con @Lefebvre_ES en el que se incluye un capítulo de #DelitosPatrimoniales 👇https://t.co/ktjsTKju66
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…lo que NO SÓLO CONSISTE EN ROMPER EL MARCO O CRISTAL que abren un vano de luz, de visión o de ventilación en un muro, sino también cuando con esfuerzo se fuerza, rompe o quebranta el mecanismo de su cierre,…
…esto es, SIEMPRE QUE SE UTILICE ESFUERZO MATERIAL Y FÍSICO PARA SUPERAR LOS MECANISMOS DE SEGURIDAD O CERRAMIENTO EMPLEADOS POR EL PROPIETARIO PARA PROTEGER SUS BIENES.
De este modo ha señalado el TS que LOS TÉRMINOS ROMPIMIENTO O FRACTURA que emplea el artículo 238.2 CP, son sinónimos y EQUIVALEN A VIOLENTAR CON ESFUERZO EL CIERRE DE UNA VENTANA O DEJAR EL MISMO FUERA DE FUNCIÓN MEDIANTE LA FUERZA EJERCITADA SOBRE ÉL.
En el presente supuesto el vehículo se encontraba cerrado y, para acceder a su interior, el acusado violentó la ventanilla derecha y llegó a causar daños en ella; lo que se detalla en la fundamentación jurídica de la resolución expresando que el cristal se bajó por la fuerza…
…y que, al hacerlo, se deterioró el mecanismo del elevalunas que permite que la ventanilla se mantenga cerrada e impide el acceso al vehículo de quienes se sitúan en el exterior.
En estos hechos se recogen los elementos de la fuerza en las cosas, por fractura de ventana, que se han descrito. Por ello, el TS desestima el recurso interpuesto, confirmando la resolución recurrida.
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